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26 de abril 2024
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Aduanas pedirá licencia de importación a quienes traigan bebidas y cigarrillos

Aduanas pedirá licencia de importación a quienes traigan bebidas y cigarrillos
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- A partir del 7 de noviembre la Dirección General de Aduanas exigirá la  licencia de importación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), a quienes importen, en cantidades superiores a las permitidas, bebidas alcohólicas, tabaco y cigarrillos a través de los couriers y cobrará los derechos de impuestos que gravan las referidas importaciones.

El anuncio lo hizo este miércoles la Dirección General de Aduanas (DGA), en un aviso público difundido en distintos medios nacionales, en el que precisa que la medida a entrar en vigencia en dos semanas a partir de la publicación, incluye sin limitación las bebidas como cervezas, vinos y cigarrillos, en adición a aquellas con un valor menor a los US$200.00 (doscientos dólares estadounidenses).

De acuerdo a la DGA, esta disposición oficial que requerirá la presentación de sus respectivas licencias de importación emitidas por la DGII a quienes hagan las importaciones citadas, previo al despacho de las mercancías, está avalada en el decreto Núm.79-03.

No obstante, la Dirección General de Aduanas indicó que las importaciones consideradas para autoconsumo y sin fines comerciales, podrán ser despachadas sin la presentación de la citada licencia.

Observó, sin embargo, que ese despacho solo podrá ejecutarse siempre y cuando esas importaciones no superen la cantidad de 5 litros en bebidas alcohólicas o 20 cajetillas de 10 unidades de cigarrillos.

Aduanas informó que la motivación de pedir la licencia de importación autorizada por Impuestos Internos y además cobrar los impuestos correspondientes, conforme a la modalidad de los artículos traídos al país, se debe a que, acorde al decreto Núm. 402-05, al momento de su arribo los mismos deberán ser manifestados en la categoría “D”.

Esta categoría, señala la DGA, se refiere a los envíos de alto valor o sujetos a restricción, “debiendo someterse a los procedimientos normales de despacho aduanero”.

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