EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El abogado, Alberto Fiallo, valoró positivamente la promulgación del nuevo Código Penal y refirió que tres artículos deberían ser verificados para que no generen confusión y problemas a futuro.
El especialista, indicó que el artículo 310 sobre el ultraje podría malinterpretarse debido a que no se define como tal, bajo qué aspectos podría considerarse una violación al mismo.
Cita del Art.- Se considera como ultraje el hecho de pronunciar palabras, amenazas, enviar escritos o imágenes o cualquier tipo de objeto o hacer gestos de modo no público, pero de carácter contrario a la dignidad personal y la de las funciones que desempeña algún funcionario o servidor público.
Durante su intervención en el programa “El Show del Mediodía”, el abogado manifestó que aparte de este artículo se debió considerar incluir la penalización del aborto bajo las tres causales.
Asimismo, dijo que la pieza legislativa no contempla un principio básico de la constitución: La resocialización.
“La razón y el fin de una pena, es educar y reinsertar, no se puede tener un cumulo de penas de hasta 60 años porque si una persona de 20 o 25 años comete una infracción, tendrá 80 0 85 años cuando salga de prisión. ¿A esa edad como se va reinsertar?”, puntualizó Fiallo.
Fiallo, indicó que, aunque el Código Penal si debió aprobarse por el tiempo de ambigüedad que tenía, algunos acápites deben ser modificados, reestructurados o aclarados.
“En sentido general es un paso de avance, pero tiene grandes retos que afrontar como el de las tres causales. teníamos uno del 1810. Ahora también abordaremos la implementación del Código porque hay artículos que no existían por lo tanto tendremos más casos en un sistema que está básicamente colapsado”, concluyó.
Sobre la pieza
El pasado domingo, el presidente Luis Abinader promulgó el nuevo Código Penal de la República Dominicana, en sustitución de la legislación que rigió desde 1884.
La pieza legislativa contempla, la tipificación de nuevos delitos como el feminicidio, el sicariato, el ciberbullying, la violencia económica, la difusión de deepfakes con fines de chantaje, la estafa piramidal, la intermediación financiera no regulada, la instigación al suicidio; se tipifican todos los supuestos convencionales de crímenes de lesa humanidad y genocidio, la desaparición forzada, los delitos con dolo eventual y culpa consciente, los daños por dopaje, el auto secuestro, la falsa denuncia, la obstrucción de justicia y se eleva la pena para la violación sexual dentro del matrimonio o en relaciones de pareja.
La pieza legislativa entrará en vigencia en agosto del 2026.




