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19 de abril 2024
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OpiniónJesús M. GuerreroJesús M. Guerrero

Vulneraciones al Sufragio Universal

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¿Qué es el Sufragio Universal?, es el derecho que asiste a todos los ciudadanos para elegir y ser elegidos sin importar sexo, creencias religiosas, etnia, estatus social y económico. Como todos saben se debe cumplir con el requisito de edad; es decir solo puede ser ejercido al adquirir la mayoría de edad establecida por ley.

Es el instrumento que legitima a presidentes, legisladores y todo cargo que sea elegido por medio de la voluntad popular; incluso es la única vía de sustentación legal para los cambios en el destino de las naciones, en síntesis el voto es la máxima herramienta para la manifestación de la expresión popular en el ejercicio democrático. Sin embargo, no lo exime de ciertas vulneraciones. El derecho al sufragio, además de ser subjetivo en el doble sentido de derecho activo y pasivo, es, sobre todo, un principio básico o nuclear de la democracia o hablando en términos más precisos del Estado democrático.

Apelando al derecho comparado para evidenciar que estas antonimias electorales no son únicamente talón de Aquiles de los países en vías de desarrollo, podemos ver el caso de los procesos electorales para elegir a al o la presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, producto de la modalidad del voto popular y el voto electoral.

El voto electoral incide de manera definitoria en la decisión final de la contienda electoral y es un privilegio que recae en los denominados Estados claves. El núcleo decisivo del sistema electoral de Estados Unidos es el Colegio Electoral, constituido por 538 electores. Estos son equivalentes al número de legisladores en el Congreso: 435 en la Cámara de Representantes, 100 en el Senado y tres por el distrito de Columbia. Para ganar la presidencia un candidato debe obtener al menos 270 electores, o votos electorales.

Los Estados claves son los estados más poblados, que tienen en consecuencia mayor representación en la cámara baja y mayor cantidad de electores en el Colegio Electoral: California, con 55 votos; Texas, con 38; y Nueva York y Florida, con 29 cada uno.

Es una vulneración establecer que el voto de un ciudadano tiene más incidencia que el de otro, por el simple hecho de residir en una ciudad con mayor población y es una contradicción al principio democrático de un hombre, un voto.

En nuestro caso, podemos ver el tristemente célebre voto preferencial, que no es más que la restricción del votante de elegir libremente en la boleta congresual a los candidatos a senadores y diputados de su preferencia. Tal cual, consagra el art.208 de la Ley Sustantiva; en el siguiente fragmento del artículo en cuestión: “El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto.”

El voto preferencial es aquel que se realiza por medio de listas cerradas y desbloqueadas, lo que permite que el elector escoja el candidato o la candidata de su preferencia sin importar la posición que tenga en la lista propuesta por el partido político, de conformidad con lo que establece la Ley 157-13. Pero, impide al elector que vote por un senador o diputado de partidos distintos; lo cual coarta la libertad de elección.

Inmediatamente se marca al diputado de su preferencia, el voto se le carga al senador que encabeza la boleta congresual. De hacerlo distinto acarrearía la nulidad del voto, lo cual es una contradicción al consignado en la Carta Magna. Dicho sistema de elección, se complementa con el método de Hondt para el cálculo de los resultados.

El método de Hondt surgió producto de la ley belga de 1899 que aplica el sistema de la media más fuerte. Primero se divide la cifra de sufragios obtenidos por cada lista sucesivamente hasta que coincida con el número de listas; para luego, colocar los cocientes obtenidos en orden decreciente, hasta el número de curules a cubrir. Lo cual genera las controversias que manchan cada proceso electoral y vulnera el derecho de elegir y ser elegido de cientos de candidatos.

Con el actual escenario que atravesamos como nación, en medio del debate de la tan necesaria reforma de la ley electoral. Sería un adelanto institucional y democrático la modificación de esta modalidad electoral, que limita el ejercicio democrático de los ciudadanos, que en su mayoría son apartidistas.

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