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24 de abril 2024
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OpiniónMaría HernándezMaría Hernández

Violaciones de menores en la República Dominicana

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Indignación e impotencia le queda al individuo cuando se da a conocer la noticia de un niño o niña cuyos derechos han sido violentados por un mayor que le quita la inocencia salvajemente y llega hasta  a desaparecerle físicamente para que no le denuncie, como ha sucedido en nuestro país, cuyo caso más reciente es el de la niña Liz María, que a 10 días de su desaparición aún no han dado con su cuerpo, que supuestamente fue lanzado al mar Caribe por su victimario.

Los violadores de menores siempre son personas allegadas a las víctimas, de acuerdo a los especialistas de la conducta, detalle que los padres o tutores deben tener presente para no dejar que sus niños o niñas interactúen, muy de cerca, con parientes o amigos con los cuales la familia no tiene la suficiente confianza, para evitar hechos como los que han dejado a muchos padres dominicanos sumidos en la tristeza y la desesperanza.

Y es que son tantos los episodios de violaciones a niños y niñas en el país, cuyos verdugos no respetan su edad que lo más recomendable es que desde el seno del hogar se le ponga más atención a los pequeños, mientras las autoridades endurecen las penas a los violadores.

Dentro de los que han abusado de la ingenuidad de niños y niñas ha habido sacerdotes, monjas, pastores evangélicos, padres, hermanos, cuñados, primos, trabajadoras domésticas, maestros, policías, padrastros. Estos últimos en muchos casos recurrentes en esta práctica y recordemos el hecho que conmocionó al país de Víctor Alexander Portorreal (Chamán Chacra), de 33 años y sentenciado a 30 años de prisión, en 2019, quien se declaró culpable por el asesinato de su pareja Reyna Isabel Encarnación y de los tres hijos de esta. Se decía que abusaba a una de las niñas.

Hay que destacar que no es lo mismo abuso sexual y violación sexual. “El abuso sexual es la práctica sexual con un niño, niña o adolescente por un adulto o persona cinco años mayor. Se concretiza cuando ha habido una relación consentida y de mutuo acuerdo entre un menor y alguien adulto. La ley diferencia, en cuanto al autor, qué calidad o condición de superioridad familiar existía entre el menor abusado y el adulto en la relación sexual, aun sin que haya ocurrido un contacto físico, la cual podría ser considerada como un incesto y las penas serían de 20 años de prisión”, explica el especialista del derecho César Amadeo Peralta, en un documento escrito.

De acuerdo al artículo 303-4 del Código Penal Dominicano se castigan con la pena de 30 años de reclusión las torturas o actos de barbaries, cuando son cometidas contra niños, niñas y adolescentes, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos en los artículos 126 a 129 del Código para la Protección de niños, niñas y adolescentes.

Mientras, el artículo 331 del mismo Código expresa que constituye una violación todo acto de penetración sexual, de cualquier naturaleza que sea, cometido contra una persona mediante violencia, constreñimiento, amenaza o sorpresa.

Cuando la agresión sexual no constituye una violación se castiga con prisión de cinco años y multa de cincuenta mil pesos. Debemos considerar que el trauma que deja en los menores la agresión sexual debería tomarse en cuenta para castigar más duramente a los victimarios.

Casi a diario una niña o un niño dominicano es abusado. Entre enero de 2018 y junio de 2019 la Procuraduría General de la República registró 525 incestos, es decir 29 casos por cada mes, 1 caso por día.

Estas estadísticas deberían hacernos reflexionar sobre el poco cuidado que estamos poniendo a nuestros pequeños hijos, vulnerables a cualquier tipo de agresión.

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