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25 de abril 2024
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OpiniónJuan LópezJuan López

Una sentencia necesaria y oportuna 

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Con satisfacción recibimos la sentencia que dictó, el pasado 5 de julio, la jueza de la Octava Sala Penal del Distrito Nacional, mediante la cual se condenó por difamador a un  comunicador al   pago de 7 millones de pesos a favor de la Presidenta de la Cámara de Diputados y también el pago de las costas.

Esta sentencia resulta  oportuna porque, en los últimos tiempos,  un grupo de personas se ha dado a la infame tarea de usar los medios de comunicación y redes sociales con el premeditado propósito de pretender hacer daños al honor y la buena imagen de personas e instituciones sin pruebas ni fundamentos.

Maliciosamente, algunos comunicadores  abusan de las libertades de expresión, de prensa y de empresa que siempre han sido respetadas y bien protegidas por los  gobiernos democráticos  de los Presidentes Leonel Fernández y Danilo Medina.

Esos hipócritas comunicadores se aprovechan de la permisividad y ausencia de un verdadero régimen de consecuencia y, atrincherados cual francotiradores, se la pasan lanzando, a  través de los medios de comunicación y redes sociales,  palabras soeces, perniciosas diatribas e injurias  contra  personas e instituciones, en franco desmedro del derecho a las vidas privadas, a las familias y al honor que la Constitución y varias leyes vigentes protegen en nuestro país.

Nadie, absolutamente nadie, tiene derecho a manchar la honorabilidad y hoja de vida que  una persona, y mucho menos  una mujer, ha construido con trabajo y esmero en esta sociedad.

No hay necesidad de acudir al ataque  en lo personal contra los adversarios. Se pueden cuestionar las ideas, criticar posiciones políticas y las  decisiones que, en un determinado momento o circunstancia, haya asumido un dirigente político o funcionario público.

Ciertos comunicadores, desesperados por trascender, obtener primicias, ocupar espacios en los medios de comunicación, al carecer de argumentos e informaciones verídicas, recurren al insulto, la difamación, la provocación y el chantaje vulgar con lo cual sólo consiguen desacreditarse y empequeñecer ante el público que pretenden conquistar.

Esta sentencia condenatoria de ese atrevido comunicador se levanta contra el libertinaje en los medios de comunicación y redes sociales. Se convierte en un positivo referente y también es una atinada lección que sugerimos aprovechar para desestimar el estilo irrespetuoso, oportunista, el uso de lenguajes huero y vocabulario soez,  la irresponsabilidad y el chantaje.

Apreciamos en su justa dimensión el valioso papel de los medios de comunicación, de las redes sociales y de los distinguidos comunicadores que desempeñan en los procesos de socialización, promoción de conocimientos y positivas orientaciones que, sin lugar a dudas,  contribuyen con la buena convivencia social, democrática y pacífica.

En tal sentido, felicitamos a la Presidenta de la Cámara de Diputados por defender con valor y firmeza su honorabilidad y el honor de su familia. Por igual, extendemos nuestras congratulaciones a la magistrada Suinda Brito por esta positiva sentencia que está llamada a convertirse en un positivo precedente en el quehacer jurídico, político y social del país.

Esta sentencia es valorada por la opinión pública sensata y respetuosa del régimen de derecho que disfrutamos en nuestro país como necesaria, oportuna y aleccionadora que esperamos será ratificada por los otros tribunales de la República a donde se pretenda apelar.

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