Con satisfacción recibimos la sentencia que dictó, el pasado 5 de julio, la jueza de la Octava Sala Penal del Distrito Nacional, mediante la cual se condenó por difamador a un comunicador al pago de 7 millones de pesos a favor de la Presidenta de la Cámara de Diputados y también el pago de las costas.
Esta sentencia resulta oportuna porque, en los últimos tiempos, un grupo de personas se ha dado a la infame tarea de usar los medios de comunicación y redes sociales con el premeditado propósito de pretender hacer daños al honor y la buena imagen de personas e instituciones sin pruebas ni fundamentos.
Maliciosamente, algunos comunicadores abusan de las libertades de expresión, de prensa y de empresa que siempre han sido respetadas y bien protegidas por los gobiernos democráticos de los Presidentes Leonel Fernández y Danilo Medina.
Esos hipócritas comunicadores se aprovechan de la permisividad y ausencia de un verdadero régimen de consecuencia y, atrincherados cual francotiradores, se la pasan lanzando, a través de los medios de comunicación y redes sociales, palabras soeces, perniciosas diatribas e injurias contra personas e instituciones, en franco desmedro del derecho a las vidas privadas, a las familias y al honor que la Constitución y varias leyes vigentes protegen en nuestro país.
Nadie, absolutamente nadie, tiene derecho a manchar la honorabilidad y hoja de vida que una persona, y mucho menos una mujer, ha construido con trabajo y esmero en esta sociedad.
No hay necesidad de acudir al ataque en lo personal contra los adversarios. Se pueden cuestionar las ideas, criticar posiciones políticas y las decisiones que, en un determinado momento o circunstancia, haya asumido un dirigente político o funcionario público.
Ciertos comunicadores, desesperados por trascender, obtener primicias, ocupar espacios en los medios de comunicación, al carecer de argumentos e informaciones verídicas, recurren al insulto, la difamación, la provocación y el chantaje vulgar con lo cual sólo consiguen desacreditarse y empequeñecer ante el público que pretenden conquistar.
Esta sentencia condenatoria de ese atrevido comunicador se levanta contra el libertinaje en los medios de comunicación y redes sociales. Se convierte en un positivo referente y también es una atinada lección que sugerimos aprovechar para desestimar el estilo irrespetuoso, oportunista, el uso de lenguajes huero y vocabulario soez, la irresponsabilidad y el chantaje.
Apreciamos en su justa dimensión el valioso papel de los medios de comunicación, de las redes sociales y de los distinguidos comunicadores que desempeñan en los procesos de socialización, promoción de conocimientos y positivas orientaciones que, sin lugar a dudas, contribuyen con la buena convivencia social, democrática y pacífica.
En tal sentido, felicitamos a la Presidenta de la Cámara de Diputados por defender con valor y firmeza su honorabilidad y el honor de su familia. Por igual, extendemos nuestras congratulaciones a la magistrada Suinda Brito por esta positiva sentencia que está llamada a convertirse en un positivo precedente en el quehacer jurídico, político y social del país.
Esta sentencia es valorada por la opinión pública sensata y respetuosa del régimen de derecho que disfrutamos en nuestro país como necesaria, oportuna y aleccionadora que esperamos será ratificada por los otros tribunales de la República a donde se pretenda apelar.