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19 de abril 2024
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TSA rechaza medida cautelar contra directores nombrados por el Ministerio de Educación

TSA rechaza medida cautelar contra directores nombrados por el Ministerio de Educación
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó este lunes la medida cautelar interpuesta por un grupo de directores y técnicos  regionales y distritales contra la ordenanza 24-2017, de fecha 22 de noviembre de 2017 a través de la cual el Ministerio de Educación designó a 18 directores regionales.

El TSA, a través de su dictamen, estableció que con la resolución emitida por el Consejo Nacional de Educación de la República Dominicana no se violentó la ley como quisieron argumentar los demandantes.

El grupo de 77 directores y técnicos regionales y distritales había sometió una medida cautelar ante el TSA, en procura de la suspensión provisional de la ejecución de la Ordenanza 24-2017.

Los maestros alegaban que la ordenanza viola los principios de juridicidad, racionalidad, seguridad jurídica, de previsibilidad y certeza normativa, de confianza legítima y va en contra de las leyes de Educación, el Estatuto Docente y decretos.

El juez presidente del TSA, Rafael Vásquez Goico, consideró que en caso de que se acoja la demanda principal y se ordene la nulidad de la ordenanza 24-2017 emitida por el Consejo Nacional de Educación, no habrá peligro porque “dicha situación revertirá todos los efectos jurídicos que haya producido la misma, incluyendo el proceso de selección por concurso que se ha implementado y la propia selección de los nuevos funcionarios escogidos, haciendo retornar todo al estado en que se encontraba”.

Aseguró además que la discrecionalidad legal es sustituida por un concurso de selección que tiene como base la evaluación de los méritos profesionales de todos los aspirantes.

“No existe prueba en el expediente de que los directores regionales y distritales del Ministerio de Educación que ostentan esas funciones, al momento de dictarse la ordenanza atacada, hayan accedido a dichos cargos mediante concurso público, ni que dichas posiciones hayan sido establecidas como de carrera, sino todo lo contrario”, argumentó el juez al rechazar el amparo.

 

 

 

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