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19 de abril 2024
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OpiniónMario Eduardo Aguilera GorisMario Eduardo Aguilera Goris

Trump, The New York Times y la vigencia del sistema penal

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Habrían muchas formas de definir al presidente Trump, no obstante, controversial o poco ortodoxo pudieran estar en la sima de conceptos que le son aplicables. Su carácter dominante enamoró a los televidentes que lo seguían fielmente en las distintas temporadas de “The Apprentice”, el autor incluido. Sin embargo, ahora ocupa la silla presidencial en “The White House”, y, al efecto, es el líder del mundo libre.

Lo constante en la presidencia de Trump han sido los distintos escándalos, aunque no se puede dejar de lado el aparente crecimiento de la primera economía del mundo. El presidente Trump es un empresario, y uno que ha aparentado ser muy exitoso. Su manera de hacer negocios la ha llevado a la Casa Blanca, y ha impregnado este sello característico a sus políticas económicas, tanto las aplicadas a nivel local como aquellas en el exterior, y hasta la pandemia le habían generado, en gran parte, buenos resultados.

Pero, lo constante vuelve a generarle situaciones al Presidente: los escándalos. Ahora, el prestigioso The New York Times revela un importante informe que evidencia –supuestamente– que el presidente Trump pagó apenas US$750 por concepto de impuestos federales sobre la renta en los años 2016 y 2017. Lo llamativo de esto, es que estamos hablando de la cabeza de la Trump Organization, un multimillonario que en dos años consecutivos –aparentemente– pagó menos impuestos que un estadounidense obrero promedio.

Ahora bien, la relevancia jurídicopenal de esta situación, lejos de cualquier investigación que el reporte periodístico pudiera promover, se encontraría, quizás, en una declaración dada por el entonces candidato republicano a la presidencia. En septiembre de 2016, durante el debate presidencial entre la demócrata Hilary Clinton y el republicano Donald J. Trump, la primera urgió al segundo por no pagar impuestos federales respecto a ciertos ingresos, obteniendo aquella una respuesta directa del republicano: “Eso me hace inteligente”.

Pensar que evadir el pago de impuestos federales es una jugada inteligente, puede entenderse que aclara una conexión entre esa forma de pensar y ciertos white collar crimes. Edwin H. Sutherland en 1949, publicó su obra “White-Collar Crime” –Delito de Cuello Blanco–, en la que explicaba, entre otras tantas cosas, que un factor criminógeno que provoca la comisión de conductas delictivas en las esferas empresariales es la idea de que la violación al código legal no se comprende como una violación al código de negocios. En palabras del citado autor, esto se explica como:

“(…) el hombre de negocios que viola las leyes dictadas para regular los negocios, generalmente no pierde su estatus entre sus asociados (…) Llegan al principio general de que una violación del código legal no es necesariamente una violación del código de negocios. El prestigio se pierde por violación del código de negocios pero no por violación del código legal, salvo cuando éste coincide con aquél”[1].

Esto se debe a que bajo la acusación, o la comprobada responsabilidad, de la comisión de ciertos delitos el businessman –hombre de negocios– no pierde su estatus entre sus asociados por infringir la ley. Esta condición solo se perdería si un hombre de negocios afecta los derechos o intereses de otro hombre de negocios, de esta forma, toma fuerza y vigencia aquella frase de que “las clases no se suicidan”, denotando que es, quizás, la supervivencia de clase la que importa, y no la obediencia al Derecho.

Entender que una probable evasión fiscal –evitar pagar impuestos– es una acción inteligente, refleja que para muchos casos, en la clase alta empresarial que componen los hombres de negocios, este tipo de posibles hechos delictivos han escapado del proceso de criminalización y su consiguiente efecto estigmatizante. Es decir, se da una especie de subcultura que evidencia una realidad social distinta, en la que el reproche y estigma social se daría no por una desobediencia a normas generales de conductas, como las jurídicas, sino, por la transgresión al subtipo de norma que integran el denominado “código de negocios”.

De comprobarse la adhesión del Presidente a este estereotipo criminal sin que se genere consecuencia alguna, se puede esperar una seria afectación al sistema de justicia penal estadounidense. Esto, ya que la legitimidad de todo sistema jurídico depende de que sus normas tengan una validez social y ética que fundamente, a su vez, su validez jurídica. Hablamos de validez social, cuando la norma se entiende como socialmente necesaria, en otras palabras, la sociedad en su conjunto ve en la existencia misma de la norma un aporte necesario para el mantenimiento del orden social establecido, mientras que la validez ética existirá cuando la norma tenga una justificación moral.

Si se omite la aplicación de las consecuencias penales a comportamientos ilícitos, el sistema en su todo pierde validez, tanto social como ética y, por consiguiente, jurídica. La impunidad afecta la concepción que tendría la sociedad en cuanto a la necesidad de la norma, y, de igual forma, perdería su fuerza moral para sustentar el reproche de conductas ilícitas iguales o semejantes a la favorecida con la impunidad.

Asimismo, un Estado inoperante penalmente ante este supuesto se posiciona en una situación de alto riesgo, ya que la impunidad respecto a hechos de esta naturaleza se constituye en un verdadero agente criminógeno que promueve conductas semejantes. Al permitirse la negativa afectación de la validez del sistema de justicia penal se erosiona la legitimidad activa de ius puniendi para sancionar, ocasionando un descredito de la prevención general como función esencial del Derecho Penal.

Finalmente, este artículo no busca sentenciar como culpable al presidente Trump. Su fin es evidenciar que el tema, acorde a lo aquí planteado, bien puede generar un debate enriquecedor. Y, en este sentido, cabe la pregunta: ¿Será que el sistema de justicia norteamericano apelará por continuar su institucionalidad o quedará en el ostracismo la afirmación del tabloide norteamericano?

[1] SUTHERLAND, Edwin H. El Delito de Cuello Blanco. Las Ediciones de La Piqueta. P. 263.

 

Por Mario Eduardo Aguilera Goris

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