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24 de abril 2024
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Seguridad jurídica de los hoteleros en República Dominicana

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¡Solo siendo dominicano, se siente lo que yo siento!

Desde hace muchos años, el Banco Central de la República Dominicana había concedido a los hoteles que operan en el territorio nacional y como válida atracción a los turistas, de los cuales en el pasado año 2016, nos visitaron cinco (5) millones, el derecho a cobrar en dólares con tarjetas de crédito internacionales los servicios que ofrecen a los turistas extranjeros que utilizan estos establecimientos.

Como consecuencia de esa excelente autorización o facilidad, los hoteleros instalaron las correspondientes terminales, maquinas o aparatos denominados Veriphone, necesarios para pasar las Tarjetas de Crédito de los usuarios extranjeros emitidas por Bancos extranjeros.

Después de tener ese derecho adquirido, los hoteleros sin violar ley alguna ni hacer uso abusivo de esa facilidad, ven sorprendidas como las mismas autoridades del Banco Central mediante la Circular No. 12118 del 25 de agosto de 2016, dirigida a las empresas operadoras de redes de terminales de puntos de venta (CardNet, Visanet y Servicios Digitales Popular/Azul, desandan sus pasos, a finales del año pasado, ordenan y retiran todos los sistemas de cobro en dólares para tarjetas de crédito, creando así múltiples problemas a los hoteles, que como empresas que generan dólares no deberían enfrentar dificultades para manejar esta moneda, si existe un sistema de libre convertibilidad, el cual ha sido fundamental para el desarrollo del turismo en nuestra amada República Dominicana, y el éxito obtenido hasta ahora indica que es conveniente a la economía pues perfecciona las facilidades operativas para el turismo, por lo que no es posible retrotraernos a tiempos pasados ya altamente superados.

Los hoteles generan dólares y deben tener la facilidad de pagar los diversos compromisos que tienen en dólares, tales las comisiones a las agencias y otros intermediarios; la promoción internacional; el pago de las franquicias y costos por el amplio uso de las marcas y cadenas internacionales de renombre que han visto en nuestro país y su seguridad jurídica, un sitio ideal para realizar inversiones en esta materia de turismo.

Lo absurdo de esta anómala nueva situación es, que el Banco Central aprueba financiamientos en dólares a los hoteles, precisamente porque estos generan dólares y sería inconcebible desde el punto de vista económico que si reciben préstamos que deben pagar en dólares, no puedan usar lo que ellos mismos producen para pagar ese compromiso.

Otros daños que nuestras autoridades con su accionar están produciendo a los hoteleros, es que también voluntaria y unilateralmente ignoran que las tarifas de los hoteles se publican en los costosos medios del exterior en promoción de nuestras atracciones, en dólares; y cuando los hoteleros se cobran en pesos con tarjetas de crédito internacionales, se producen variaciones y cuando llega el reporte con un incremento, aunque este sea de reducido valor, tanto el hotel como las agencias de viaje aparecen mundialmente en Internet, alterando las tarifas originales lo cual provoca reclamos, afectando la reputación del establecimiento y el intermediario, así como la imagen del país.

Los hoteleros que operan en RD no deben ser penalizados con el retiro de las terminales o Veriphones en moneda extranjera de sus establecimientos, en caso de que haya habido un uso indiscriminado y abusivo de estos terminales por parte de otros actores de la economía.

Si eso ocurre u ocurrió, es misión de la supervisión estatal enfrentar esos desmanes, no penalizar o castigar a quienes han cumplido correctamente sus obligaciones o habría que entender según el razonamiento gubernamental, de que, porque alguien falsifique un billete de veinte pesos, se retira del mercado el billete de RD$20, en lugar de perseguir y penalizar al falsificador.

La mayoría productiva que son los hoteleros, no tienen por qué sufrir la violación del uso indiscriminado de los terminales o Veriphones; es necesario que se controle y persiga a los que actúan indebidamente.

Los hoteleros entienden sanamente, que la solución al uso de terminales de cobro en dólares con tarjetas de crédito en empresas que no prestan servicios a visitantes extranjeros, no es retirar todas las terminales, sino regular el uso de estas y permitirlas en las empresas que regularmente ofrecen servicios a turistas que vienen del exterior.

El Banco Central de la República Dominicana, ha señalado públicamente, que en nuestro país se ha incrementado el uso de Veriphones exclusivos para pagos en moneda extranjera en una gran variedad de proveedores de bienes y servicios, tales como tiendas, universidades, colegios, profesionales independientes, clínicas, compañías de seguros, inmobiliarias, restaurantes, clubes, agencias de viaje, entre otros.

Que estos hechos permiten a dichos proveedores exigir a sus clientes que los pagos con tarjetas bancarias sean efectuados exclusivamente en moneda extranjera, limitando así los derechos del consumidor a pagar en la moneda nacional de curso legal.

Ahora bien, ¿porque el Banco Central no impide a dichos proveedores que no son del área turismo, a quienes conoce y sabe dónde están localizados, exigir a sus clientes que los pagos con tarjetas bancarias sean efectuados exclusivamente en moneda extranjera? ¿Por qué no les retira solo a estos proveedores, sus Veriphones en moneda extranjera?

El Banco Central sabe que la facturación en moneda extranjera al tarjeta-habiente por parte del Banco emisor local genera demandas adicionales de dicha moneda, como resultado del canje de pesos por divisas, lo cual afectar las fluctuaciones normales en el mercado cambiario, por lo que en consecuencia su misión debe ser evitar la generación de demandas adicionales de dicha moneda, como resultado del canje de pesos por divisas, no eliminar de golpe y porrazo el uso total del Veriphone en moneda extranjera, o ¿es que estas soluciones representan mucho trabajo?

Es el propio Gobierno que está matando la gallina de los huevos de oro del turismo, poco a poco, por no ejercer su autoridad de supervisión y control ya que deja que el monstruo crezca y al crecer tanto, solo trata de hacer lo que es políticamente correcto a sus intereses, no lo que favorece al país como lo es la atracción de mayor inversión extranjera y su subsecuente creación de empleos, en esta productiva área de la economía como lo es el turismo, industria sin chimeneas.

Con este anómalo proceder las autoridades ignoran adrede lo que es la seguridad jurídica que es un principio del derecho, universalmente reconocido, que se basa en la “certeza del derecho”, tanto en el ámbito de su publicidad como en su aplicación, y que significa la seguridad de que se conoce, o puede conocerse, lo previsto como prohibido, ordenado o permitido por el poder público.

Este Principio de Seguridad Jurídica, el cual es uno de los principios que tiene mayor incidencia cuando se trata de ofrecer un ramo de paz en el país, para que el pueblo sepa o reconozca, incluidos los hoteleros, que sus derechos fundamentales están debidamente protegidos y que los extranjeros que pretenden vivir y/o invertir en el país, cuenten con una sólida estructura de defensa en el ejercicio de sus derechos, que estos están garantizados y que no habrán actos arbitrarios de despojo o de conculcación de derechos por parte de la Administración; en fin, que existe un Estado de Derecho donde se cumplen las leyes y se vive en paz, para progresar en todos los órdenes.

De este principio nacen: El principio de legalidad, el principio de buena fe y el principio de confianza legítima.

Este último principio, el de la confianza, es vital para el desarrollo de toda convivencia pacífica. Tenemos confianza, por ejemplo, que con una moneda de cinco pesos se puede comprar un caramelo de menta.

Los ciudadanos nacionales o extranjeros permanentemente estamos midiendo o analizando el grado de operatividad del Estado de Derecho en que nos encontramos, verificando este principio de seguridad jurídica y la certeza de que, en su momento, ocurrirá la solución del asunto en buen derecho, sometido a consideración del propio Estado.

En cuanto a nuestro país se refiere, el principio de seguridad jurídica se encuentra en varios Artículos de la Constitución, entre ellos el Artículo No. 6, donde se establece el Principio de Supremacía de la Constitución y en la parte in fine del mismo artículo se establece el mecanismo para asegurar esa supremacía, cuando establece que: “Toda ley, decreto, resolución contrario a la Constitución es nula de pleno derecho”.

Esto significa que las garantías establecidas en nuestra Constitución, están estrechamente vinculadas con el Principio de Seguridad Jurídica.

Es imperativo que el propio Gobierno y sus autoridades, eliminen y corrijan estas distorsiones para evitar la ruptura del lazo de confianza que debe existir entre gobernantes y gobernados; que tenemos los mecanismos de enseñar a nuestro pueblo no tan solo a sumar, leer y multiplicar sino también a vivir en paz, sin sobresaltos, ni inesperados golpes bajos, sino también a que los que alojan a los turistas, que tanto trabajo tiempo y recursos han dado para convencerlos en el mundo entero, que vale la pena venir a vacacionar en nuestro amado país, no pueden ser maltratados jurídica y económicamente en su propio país, sin haber violado ley o disposición alguna, solo porque la conducta anti-dominicana de unos pocos altera o atenta contra intereses que obviamente no están protegidos, como si lo estaban los intereses de los hoteleros antes de tan fatídica decisión.

¡Dominicanos, hoy, se necesita sangre tipo Duarte!

 

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