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19 de abril 2024
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¿Protege el Sistema Dominicano de Seguridad Social a las Personas que Viven con VIH / SIDA?

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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La República Dominicana es uno de los países de Centroamérica y el Caribe, que muestra un mayor número de casos de VIH. Hay un estimado de 69,000 personas que viven con VIH, de los cuales 49,742 reciben atención y tratamiento en el Consejo Nacional para el VIH y el SIDA (CONAVIHSIDA, estadísticas abril-junio 2017). Desde el año 2013 es el estado que financia los medicamentos antirretrovirales.

La inclusión de las personas que viven con VIH en el Seguro Familiar de Salud, ha sido tema permanente de  debate. Actualmente, el Reglamento del Seguro Familiar de Salud (SFS) y del Plan Básico de Salud (PBS)  solo incluye los medicamentos para el programa de  prevención en transmisión vertical (madre-hijo).  Art. 17, ordinal N.

Los costos de medicamentos por persona oscilan entre los 12 mil pesos en primer nivel, 28 mil de segundo nivel y 100 mil pesos anuales los que se encuentran en el tercer nivel de la enfermedad (según declaraciones del Dr. Víctor Terrero, director de CONAVIHSIDA).

En los últimos tiempos quienes abogan por que sí sean incluidos los antirretrovirales en el Seguro Familiar de Salud (SFS) argumentan, entre otras cosas, la disminución que ha tenido el tratamiento en los costos.  Es el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), el organismo responsable de determinar si son las Administradoras de Riesgo de Salud (ARS) las que deben cubrir estos medicamentos.

Al no contemplar los medicamentos de la población con VIH, el Reglamento del Seguro Familiar de Salud (SFS) y del Plan Básico de Salud (PBS) es excluyente y viola varios de los principios rectores del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS): Universalidad, integralidad, equidad, solidaridad y gradualidad. También contradice el propósito del SFS: “tiene por finalidad la protección integral de la salud física y mental del afiliado  y su familia así como alcanzar la cobertura universal sin exclusiones por  edad, sexo, condición social, laboral o territorial, garantizando el acceso de los grupos más vulnerables”.

El  Reglamento del SFS  y Plan Básico de Salud  señala que para los afiliados al sistema que resulten afectados  por enfermedades o tratamientos de alto nivel de complejidad y costo, tales como el SIDA,  los medicamentos serán responsabilidad de las Administradoras de Riesgo de Salud (ARS) y del Seguro Nacional de Salud (SNS)  y se financiará con el cargo al per cápita reconocido al ARS/SNS por cada afiliado (seguro de garantía contra contingencias extraordinarias de salud y contra reclamos de los afiliados). Art. 34.

¿Por qué se cumple el artículo 17 del Reglamento del Seguro Familiar de Salud (SFS) y del Plan Básico de Salud (PBS)  y no se cumple el artículo 34, ordinal C?

En este caso, se evidencia una vez más que la lucha de intereses en la aplicación de la Ley 87-01 se mantendrá, mientras los beneficios de los actores del sistema resulten afectados.

Principios rectores del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) violados al excluir los medicamentos de las personas  que viven con VIH:

Universalidad. El SDSS deberá proteger a todos los dominicanos y a los residentes en el país, sin discriminar por razón de salud, sexo, condición social, política o económica;

Integralidad. Todas las personas, sin distinción, tendrán derecho a una protección suficiente que les garantice el disfrute de la vida y el ejercicio adecuado de sus facultades y de su capacidad productiva;

Equidad. El SDSS garantizará de manera efectiva el acceso a los servicios a todos los beneficiarios del sistema, especialmente a aquellos que viven y/o laboran en zonas apartadas o marginadas;

Solidaridad. Basada en una contribución según el nivel de ingreso y en el acceso a los servicios de salud y riesgos laborales, sin tomar en cuenta el aporte individual realizado;

Gradualidad. La Seguridad Social se desarrolla en forma progresiva y constante con el objeto de amparar a toda la población, mediante la prestación de servicios de calidad, oportunos y satisfactorios.

Por Elia Durán

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