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23 de abril 2024
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OpiniónJosé Peña SantanaJosé Peña Santana

PRM: simultáneas?

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Producto de la carta enviada a los presidentes de ambas cámaras por el presidente de la República sugiriendo que se creara una comisión
bicameral para debatir nuevamente la iniciativa de Ley de Partidos Movimientos y Agrupaciones Políticas que estudia una comisión especial
de la Cámara de Diputados,  no obstante, que esta ya había sido aprobada en el Senado, ha surgido un  nuevo elemento que por demás no
subsana la controversia que existe entre los principales actores políticos del país.

Los diputados del Partido Revolucionario Moderno PRM-PPH, han dado un giro a su posición de respetar y hacer respetar la Constitución de la
República cuando se plantean coincidiendo con los senadores del Partido de la Liberación Dominicana PLD, para  aprobar una ley que a
simple vista  resultaría violatoria  a la Constitución.

Si un simple ciudadano de esta nación comprende a prima facies los articulados provistos en la Carta Magna, mas fácilmente deben ser
interpretados por los legisladores; sin embargo con su vana pretención  de provocar un desenlace infeliz entre la cúpula del partido de
gobierno, han consentido respaldar que sea  impuesto en la ley una modalidad específica de escogencia de los candidatos de elección
popular, sin detenerse a pensar que los legisladores y los entes que pretenden alcanzar el poder político son los más llamados a velar por
el fiel cumplimiento de la Constitución y las leyes.

Yo como hijo de este país he creído siempre que los hombres y mujeres que pretenden dirigir una nación y los que aspiran a insertarse en los
puestos de mando, tales como, los cuerpos legislativos, deben llevar una vida limpia, diáfana y trasparente para así  tener calidad moral y
valor personal que le permita actuar conforme a su conciencia.

Evitando ser instrumentos políticos coyunturales de quien le conoce su hoja de vida y le obligan a tomar decisiones fuera de lo que realmente
creen.

De aprobarse así dicha ley, todos los partidos habrán que avocarse a reformar sus estatutos y más aun se llegaría a lo que real y
efectivamente se viene pretendiendo hacer, una nueva reforma a la Constitución que pueda adaptar la pretendida ley de partidos a las
normas legales.

Toda vez que la parte infini del artículo 6 de la Constitución vigente dice: «…Son nulo de pleno derecho toda ley,
decreto, reglamento o acto contrarios a esta Constitución»  Esto nos dice sin ninguna duda que una ley que imponga una modalidad específica
a una parte de los partidos para la escogencia de sus candidatos de elección popular y a otras no, como sería los partidos minoritario,
estaría actuando sin sujetarse a la norma suprema  y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado, que señala el referido artículo en
sus inicios.

Esto, sin decir lo claro que ha sido el artículo 277, en alusión a la derogada ley que el  Pleno de la Suprema Corte de Justicia declaró
inconstitucional, la Ley 286-04 que puso bajo el control de la Junta Central Electoral (JCE) las elecciones primarias de los partidos
políticos y convertía las elecciones primarias de los partidos en elecciones nacionales.

Ya que disponía que el mismo día se hicieran las convenciones de todos los partidos y permitía que personas no
inscritas en los partidos pudieran participar en sus convenciones.

De igual manera se violaría el artículo 216, al coartar la libertad que este le otorga de actuar conforme a los principios establecidos en la
Constitución.

En que estarán pensando esos diputados y directivos del PRM-PPH, que también podrán obviar las atribuciones del control constitucional que
otorga al Tribunal Constitucional el artículo 184 de la Carta Sustantiva?.

No los comprendo; porque si buscan división en el PLD para pescar en rio revuelto, lamento defraudarle porque el PLD es de
acero y no se dividirá.

Finalmente Leonel y Danilo se pondrán de acuerdo, para preservar el progreso del país.

Por: José Peña Santana

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