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19 de abril 2024
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OpiniónGregory Castellanos RuanoGregory Castellanos Ruano

Principio de precisión del tipo penal o tipo legal en Francia

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Francia, con su eterno celo y rivalidad respecto de Alemania, al ver el desarrollo teórico que en este último país había tenido el Principio «nullum crime, nulla poena sine lege previa« al mismo ser enfocado con una perspectiva constitucional,  procedió a entrar a la misma dimensión haciendo un énfasis más marcado desde el mismo Código Penal: de esa forma Francia consideraba que reivindicaba el ser la paridora de la revolución que de toda manera parió la enorme cantidad de libertades que la misma preconizaba y que esparció en su época por Europa.

Francia no se quiso quedar atrás mucho menos viendo cómo el flujo de la corriente de protección de los derechos humanos era recibido, asimilado y diseminado por los demás países de la Unión Europea y, máxime, con un Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en pleno funcionamiento al cual, incluso, la misma Francia y litigantes provenientes de Francia llevaban reclamos canalizados de conformidad a la normativa que rige la materia para acceder al mismo.

Los juristas franceses no se podían quedar atrás frente al ejemplo alemán, la élite jurídica francesa comenzó a escribir y a inter actuar con los políticos franceses: el reto había que recogerlo y darle satisfacción no poniéndose a la par de Alemania y de los otros países que habían seguido el sendero trazado por esta en materia de exigencia de precisión del tipo penal, sino que, incluso, había que colocarse por encima del nivel a que había llegado Alemania.

Por eso Francia introdujo la siguiente disposición en el Nuevo Código Penal Francés (Nouveau Code Penal Francais):

«Artículo 111-3 Nadie será castigado por un crimen o delito cuyos elementos no estén definidos por la ley, ni por una falta cuyos elementos no estén definidos por el reglamento. Nadie será castigado con una pena que no sea la prevista por la ley, si la infracción es un crimen o un delito, o por el reglamento, si la infracción es una falta.«

Obsérvese el tremendo énfasis que hace dicha redacción gala: de lo que habla es de exigir que los elementos del tipo penal estén definidos por la ley, es decir, que estén precisados y de manera clara, tan clara que sus elementos constitutivos o integradores sean fácilmente perceptibles por todo habitante del territorio francés.

«Nadie será castigado por un crimen o delito cuyos elementos no estén definidos por la ley,…«,

Hago énfasis: «…cuyos elementos no estén definidos por la ley,…«

El salto dado por Francia a través de consignar esa redacción en moldes legales fue y es un paso enorme, gigantesco e histórico por la ejemplaridad que con la misma pasó a transmitir e irradiar.

Dicha redacción remite directamente a los elementos integradores o constitutivos del tipo penal. No es que con ello se pretendiese convertir a los habitantes del territorio francés en técnicos en Derecho Penal, pero sí en conocedores mínimos de cuáles requisitos deben concurrir para que una infracción penal se considere tipificada.

La satisfacción, sobre ese punto, de los juristas franceses que vieron el nacimiento del Nouveau Code Penal Francais, muy particularmente la de los constitucionalistas y la de los penalistas, fue y es profunda e igualmente será profunda entre los juristas que surjan en las generaciones posteriores. Razón sobrada hay para ello.

Por Lic. Gregory Castellanos Ruano

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