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19 de abril 2024
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OpiniónVíctor Manuel PeñaVíctor Manuel Peña

¿Por qué hay que regular el precio o la tarifa de la energía eléctrica?

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Desde siempre la energía eléctrica está conceptuada como un bien público, naturalmente un bien público impuro.
Como bien público, el precio de la energía eléctrica no debe estar sujeto nunca, en un país subdesarrollado, al libre juego de la oferta y la demanda, sino que debe ser regulado por el Estado.
Y sobre todo tiene que ser así en un país pobre, sea de renta baja o de renta media, donde la demanda de energía por lo general es mayor que la oferta en el tiempo y donde por lo general también el crecimiento de la demanda es mayor que el crecimiento de la oferta.

Con Punta Catalina y con algunos generadores privados nuevos que se han instalado no es verdad que se ha cubierto la brecha estructural que hay entre la oferta y la demanda de energía.
En otras palabras, no tenemos una abundante y vasta capacidad de generación de energía eléctrica como ocurre en los países desarrollados del mundo, donde, además, es amplia la capacidad de generación de energía nuclear.

En ese contexto dejar flotar el precio de la energía eléctrica sería una verdadera catástrofe social.
Decir que la energía eléctrica es un bien público o un bien público impuro significa que el Estado participa en las diferentes fases del proceso eléctrico: producción o generación, transmisión, distribución y comercialización.

Asumir que es un bien público impuro implica que la energía eléctrica es lógicamente como contrapartida un bien privado impuro, es decir, el sector privado puede participar en las diferentes fases del proceso.

Cuando se aprobó y se promulgó la ley de capitalización en 1997 se pensó en la posibilidad, en cuanto a la generación, que los generadores eficientes o más eficientes con el paso del tiempo desplazarían los generadores ineficientes o menos eficientes.

Pero también se asumió el objetivo de hacer más eficiente el sector eléctrico sobre la base de reducir las pérdidas a nivel de las fases de transmisión, distribución y comercialización.
Pero eso nunca ha ocurrido en los 23 años de vigencia que tiene la ley de capitalización.

Al cabo de poco tiempo se demostró que los músculos del negocio eléctrico están en la fase de generación y que los huesos se localizan en las fases de transmisión, distribución y comercialización.
La idea era que el precio de la energía eléctrica se fijara a partir del costo marginal más bajo, no del costo marginal más alto pero en el trayecto o en el decurso del proceso ocurrió todo lo contrario.
El costo marginal más bajo lo tienen los generadores eficientes o más eficientes y el costo marginal más alto lo tienen los generadores ineficientes o menos eficientes.

Al estarse fijando el precio de la energía en base al costo marginal más alto, los generadores eficientes o más eficientes no han desplazado a los generadores ineficientes o menos eficientes, sino que éstos han sido utilizados por ellos para obtener ganancias extraordinarias, por lo que los generadores ineficientes o menos eficientes se han mantenido en el mercado con el apoyo deliberado de los generadores eficientes o más eficientes.

Así los generadores privados eficientes o más eficientes les venden la energía eléctrica a las EDES en base costo marginal más alto, obteniendo de esa manera ganancias extraordinarias.
En realidad en la parte de la generación privada de energía hay una especie de oligopolio, es decir, los generadores privados se ponen de acuerdo para fijar el precio de la energía que les venden a las EDES, y todo eso significa que la competencia no existe entre los generadores privados.

Por esa razón en el tiempo los dominicanos han tenido que pagar una energía relativamente más cara, y no ha sido más cara o explosiva o insoportable porque el Estado dominicano como regulador ha tenido que disponer de miles de millones de pesos anualmente en trasferencias corrientes para subvencionar al sector eléctrico o la tarifa eléctrica.

En un contexto así, repito, no es correcto ni prudente liberalizar, sincerizar o dejar flotar, conforme al libre juego de la oferta y de la demanda, el precio o la tarifa de la energía eléctrica.
En el pacto eléctrico que se firme no debe contemplarse una sincerización o libre flotación del precio o la tarifa de la energía eléctrica porque ello daría lugar a un océano de protestas sociales permanentes e irresistibles por parte de la población que ningún gobierno estaría en capacidad de soportar.

En medio de la pandemia hay que evitar conflictos sociales de esa dimensión y magnitud, por lo que el Estado dominicano debe seguir regulando el precio de la energía eléctrica.
Y si se dejase al libre juego de la oferta y la demanda la fijación del precio de la energía eléctrica, la voracidad del mercado ahogaría el bien común y el bienestar de la mayoría.
Un bien público como la energía pública no debe ser presa de la voracidad del mercado ni ser un privilegio de unos pocos.

La energía es un bien muy trascendente en el desarrollo económico y social de una nación, por lo que el Estado dominicano tiene que regular su precio para garantizar el bien común, el bienestar colectivo y la paz pública.

Autor: Dr. Víctor Manuel Peña

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