Santo Domingo 23 / 31 Soleado
ENVÍA TUS DENUNCIAS 829-917-7231 / 809-866-3480
23 de abril 2024
logo
OpiniónSusan EspaillatSusan Espaillat

La Reincidencia Sistémica: Dentro del enfoque de las Constelaciones Jurídicas

COMPARTIR:

La base de las Constelaciones Jurídicas se localiza en las investigaciones realizadas por el psicoterapeuta alemán Bert Hellinger. Este nuevo enfoque no tan solo estudia al infractor de una acción delictual dentro de su contexto familiar, sino que estudia al sistema familiar en sí como causa motivadora de patrones repetitivos de delitos e infracciones.

En sus estudios observó que existen delitos dentro de un sistema familiar que son repetidos de generación en generación, y el miembro infractor no sabe conscientemente, que probablemente su inclinación para cometer los hechos delictuales, procede de historias no resueltas o secretos de su propia familia. A su vez, la víctima no sabe que atrae inconscientemente personas que resuenan con historias de su pasado familiar donde ocurrió el hecho que está viviendo, quizás eventos de estafa, abuso de confianza, despido injustificado en el ámbito laboral, quiebras de empresas en el ámbito comercial, entre otras.

Bert Hellinger, no trata aquellos patrones delictuales aprendidos conscientemente por una persona dentro de su familia, como sería el caso de un hijo que aprende a robar porque su padre lo enseña a ello, sino más bien, aquellos casos, donde no habiendo aprendizajes delictuales conscientes, aun así una persona los hace y son coincidencialmente eventos que han sucedido en otras generaciones pasadas, por ejemplo, por el abuelo o bisabuelo.

Según Bert Hellinger cuando un ladrón ha sido excluido de su sistema familiar un miembro de la generación futura repetirá el delito para que éste sea integrado. Fundamenta este hecho en la base de que “nadie puede ser excluido de su sistema de referencia porque todas las personas, poseen un lugar único dentro de la familia, según el orden de su nacimiento, y están interconectadas de una manera inconsciente, y el campo colectivo de esa familia, busca que el miembro excluido sea integrado, por lo que el descedendiente, se verá implicado en dinámicas y situaciones similares, hasta que el excluido sea ubicado y reconocido”.

Entre las investigaciones de otros científicos donde se apoyan estos principios psicológicos, está el creador de La Teoría General de los Sistemas, el biólogo alemán Karl Ludwin Von Bertalaffy, quien propuso en el 1928, que los sistemas poseen una memoria, una comunicación inconsciente, y una tendencia a la repetición. Por otro lado, Rupert Sheldrake, bioquímico y filósofo, en sus estudios en Harvard, experimentó con ratas.  Enseñó a las ratas a escapar de un laberinto y las siguientes generaciones aprendieron con mucha rapidez. Lo más asombroso es que el mismo experimento se realizó posteriormente en Edemburgo, Escocia; las ratas no tenían relación con las de Harvard y resolvieron las mismas pruebas 10 veces más rápida que las anteriores.

Traspolando al campo del derecho, y según mis observaciones, el aprendizaje delictual se desarrolla dentro del sistema familiar y de manera inconsciente. Los ancestros que aprendieron destrezas dentro de las artes penales, son los verdaderos maestros de las futuras generaciones. Solo necesita que algún descendiente tenga las habilidades y acepte desde su interno incursionar en dicho arte, y la enseñanza o toma de información y destreza se da, hayan o no convivido en la misma coordenada de espacio-tiempo.

En ese mismo orden, Sheldrake nos da mucha luz con su teoría de  Campo Mórfico o Resonancia Mórfica.  Campo mórfico es definido campos de formas, patrones o estructuras organizadas, a su vez, resonancia es el principio de memoria colectiva; en ese sentido, todo lo que ocurre dentro de un campo, sistema o familia es compartido y almacenado y tienen acceso a esas informaciones los miembros dentro del clan, como también descubrió Bertalaffy.

La reincidencia se coordina y planifica dentro del campo mórfico, toda vez, que el actual infractor tiene acceso, de manera inconsciente, a todas las informaciones de la historia familiar. Desde mi punto de vista, el actor intelectual y el móvil del hecho, se encuentran dentro del campo mórfico familiar. Por una parte, el actor intelectual es el ancestro (víctima o perpetrador) que quiere ser incluido, o reconocido o sacar a la luz un secreto que ha afectado por generaciones a personas dentro del sistema. Y por otra parte, el móvil, el motivo que mueve a una persona a inducir la acción penal, también se localiza en el daño sufrido por la víctima que busca a través de su predecesor la venganza de lo ocurrido.

La resonancia magnética y campo mórfico van de la mano, explica Shaldrake, por los siguientes aspectos: 1) el principio de memoria de la naturaleza; 2) el principio de la coordinación entre similares y su reconocimiento; y 3) el principio de similitud, en la naturaleza se atraen elementos similares.

En el caso hipotético, de partición irregular de bienes sucesorales o de la masa común entre esposos. Aquel heredero o esposa que no recibió la parte equitativa que le correspondía, exigirá a la futura generación, de manera inconsciente, que la injusticia sea corregida y el campo mórfico coordinará quien repetirá el hecho, aquel que acepte por lealtad asumir ese rol, padecerá de ruinas, robos o pérdidas, o se le presentará alguna situación de partición de beneficios donde pudiera ser estafado, hasta que no sea reconocido el hecho ocurrido y el daño causado.  La victima atraerá a su agresor por similitud, es decir, en el sistema familiar del infractor también sucedió el mismo hecho, toda vez que la naturaleza atrae elementos similares como Sheldrake y otros autores han demostrado.

La propuesta es reinstaurar el sistema de los actores implicados, a través de la constelación jurídica, aplicando las leyes sistémicas propuestas por Hellinger: pertenencia, orden, jerarquía y balance.  Una vez se reconoce el daño al ancestro que perdió su patrimonio evita que tal circunstancia le siga sucediendo a la persona actual y también quedará liberada la futura generación.

En la actualidad, La reincidencia o repetición de una misma conducta delictiva, es una muestra de que el sistema penal y la sociedad, no han logrado ningún efecto con la pena anterior. Ello significa que el delincuente castigado no ha logrado reintegrarse. La verdad es que, con los mecanismos utilizados, de la psicología tradicional o el enfoque legal arcaico, el infractor continuará y no se detendrá en reincidir. Simplemente, bajo el enfoque sistémico planteado por Bert Hellinger y los demás expertos, el delincuente no puede detenerse, él está al servicio del campo mórfico familiar, está cumpliendo una misión inconsciente, el de reinstaurar el orden de su familia.

La constelación jurídica tiene por finalidad mirar la dinámica oculta que se encuentra dentro del campo mórfico y que ha generado la cadena de delitos y las acciones delictuales producido de generación en generación. Una vez que es reconocida el evento y el excluido es integrado es restaurando el orden.

La constelación jurídica no es tan solo para ser aplicado en el campo penal, la reincidencia también se da dentro diversas áreas del derecho y de la actividad social,  en el área civil, por ejemplo en los incumplimientos contractuales, en los divorcios, situaciones en las actividades de compra y venta; en materia laboral con las relaciones entre empleador y trabajador son increíbles las soluciones que las constelaciones jurídicas ha aportado, tenemos la experiencia de Chile con la Dra. Cristina Llaguno, pionera en su país del Derecho Sistémico, quien ha desarrollado ampliamente este tema. A nivel del derecho comercial, las constelaciones aplicadas a las empresas y organizaciones, han tenido en los últimos años una aceptación abrumadora por las soluciones que ofrece; también se aplica en el derecho de familia, adopciones, violencia intrafamiliar, delitos económico penal, entre muchas otras.

En las constelaciones jurídicas que he realizado en los últimos 15 años he podido constatar que esta técnica nos ayuda a mirar desde otra perspectiva la causa que originó el hecho, aportando acuerdos consensuados y la disminución de la delincuencia en todas las áreas del derecho y en la sociedad.

POR LA LIC.  SUSAN ESPAILLAT

*La autora es abogada y Consteladora Sistémica. Pionera del Derecho Sistémico en RD y Terapeuta en Constelaciones Familiares y Empresariales, Autora del libro Sabiduría Financiera. Con una Maestría en Derecho Empresarial. Autora del libro la Responsabilidad Penal de las Sociedades Comerciales. Contacto: susan.espaillat@gmail.com; www.susanespaillatabogada.blogger.com.

Comenta

[wordads]