En un Estado moderno democrático y de derecho se hace más que necesaria una administración pública justa y eficiente cuyas decisiones y manejo debe ser apegado a lo correcto y al bienestar del colectivo, amparándose en distintos principios, conforme lo establecido en el artículo no. 138 de la Constitución Dominicana, se indica que la misma está sujeta en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación.
Debido a lo anteriormente expresado, para nuestro país era imprescindible una normativa que incluya requisitos, regímenes y recursos reguladores de la función pública, situación que da origen a la promulgada ley No. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo en República Dominicana.
Cabe destacar que la Ley 107-13 describe su objeto en su articulo No.1 rezando de la siguiente manera: “Esta ley tiene por objeto regular los derechos y deberes de las personas en sus relaciones con la Administración Pública, los principios que sirven de sustento a esas relaciones y las normas de procedimiento administrativo que rigen a la actividad administrativa. Párrafo. La presente ley contiene además medidas de modernización administrativa, descarga y simplificación burocrática, funcionamiento de órganos colegiados, régimen de las sanciones administrativas y responsabilidad de los entes públicos y sus servidores”.
Esta ley indudablemente es una veedora del cumplimiento público, protectora de la administración de los recursos y de la buena administración por parte de los funcionarios en el sector público, por lo que resulta indispensable en cualquier despacho de la administración pública contar con un ejemplar de la misma y de igual forma avocarse a la aplicación de lo dispuesto en dicha norma legislativa.
Noel R. Báez Paredes
Docente / Consultor Jurídico