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19 de abril 2024
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OpiniónNoel R. Báez ParedesNoel R. Báez Paredes

La adquisición de un bien inmueble

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Los derechos inmobiliarios registrados se encuentran regulados por la ley 108-05, conforme lo estipulado en la norma dicha ley tiene por objeto regular el saneamiento y el registro de todos los derechos reales inmobiliarios, así como las cargas y gravámenes susceptibles de registro en relación con los inmuebles que conforman el territorio de la República Dominicana y garantizar la legalidad de su mutación o afectación con la intervención del Estado a través de los órganos competentes de la Jurisdicción Inmobiliaria.

En tal sentido, al momento de un ciudadano verse en la oportunidad de adquirir un bien inmueble son varios los aspectos a considerar al momento de la adquisición. El primer aspecto a considerar lo es el valor del metraje, es importante tener conocimiento del costo promedio en mercado del metro cuadrado a los fines de poder ejecutar una negociación justa y razonable, en consonancia con esto una vez identificado el valor del metro en la zona, es menester identificar si estamos frente a un inmueble registrado o no registrado, pues de esto dependerá el tipo de diligencia que se debe de realizar para identificar la factibilidad o no de la transacción.

En el caso de inmuebles registrados, el primer requerimiento del comprador ante el vendedor debe de ser la entrega de una copia del certificado de título esto a los fines de ver si el titular está debidamente registrado, una vez obtenido el documento tramitar por ante la jurisdicción inmobiliaria una certificación de estado jurídico, con este documento podemos tener certeza de la situación registral del inmueble sea que el mismo tenga alguna carga o gravamen o en el mejor de los casos que no tenga ningún tipo de afectación, dígase hipotecas, anotaciones preventivas, litis, entre otras. Por igual en los casos de apartamentos, es importante observar que dicha edificación está afectada al régimen de condominio conforme las disposiciones de la ley 5038 sobre condominios.

En otro ámbito, la situación impositiva del inmueble es vital, por lo que el próximo requerimiento debe de ser solicitar al vendedor la certificación de propiedad inmobiliaria a los fines de constatar que el Impuesto a la propiedad inmobiliaria (IPI) está al día en sus obligaciones fiscales. Luego de identificada la situación registral y fiscal del inmueble, debemos de tener claro la calidad de las partes para suscribir el acto de venta, es por esto que los documentos de identidad de las partes son fundamental en este proceso, en el caso de que los vendedores figuren casados pues procede obtener un extracto del acta de matrimonio para poder constatar que al momento de la adquisición del derecho por parte de los vendedores los mismos estaban casados entre sí.

Al momento de obtener todos los documentos indicados podemos decir que hemos agotado la debida diligencia antes de adquirir el bien inmueble, por lo que estaríamos frente a una inversión segura, indistintamente siempre debe de ser consideraba una buena asesoría inmobiliaria sea esta de algún agente inmobiliario o alguna firma de abogados especialista en materia inmobiliaria.

Noel R. Báez Paredes

Docente/Consultor Jurídico

 

 

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