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25 de abril 2024
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Jurista califica de “táctica dilatoria” del TC no entregar acta de audiencia sobre recurso buscaba permitir la reelección

Jurista califica de “táctica dilatoria” del TC no entregar acta de audiencia sobre recurso buscaba permitir la reelección
Jurista José Sánchez Lebrón, durante su visita al director de El Nuevo Diario, Persio Maldonado. (Foto: END)
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.-  El jurista José Sánchez Lebrón calificó este martes como una “táctica dilatoria” del Tribunal Constitucional (TC), la no entrega del acta de audiencia que declaró inadmisible el requerimiento que buscaba anular la disposición que impide la reelección presidencial.

“La no entrega del acta de audiencia que nosotros solicitamos al Tribunal creemos que es una táctica dilatoria, pues no creemos que hayan cosas en la misma que no puedan ser de conocimiento público”, precisó Sánchez Lebrón.

Durante una visita de cortesía que giró al director de El Nuevo Diario, Persio Maldonado, el abogado subrayó que a la fecha el TC no se ha pronunciado sobre la parte primordial que él ha planteado sobre derechos fundamentales que mutilan la vigésima disposición transitoria de la Carta Magna.

Sánchez Lebrón dijo desconocer el porqué  el Tribunal no ha evaluado otros argumentos a favor del recurso de inconstitucionalidad que fueron  presentados posteriormente.

“La sentencia analizó el fondo, pero no se individualizó  cada instancia”, destacó Lebrón tras referir que la de él procuraba la defensa del derecho de igualdad y la prevalencia del principio de retroactividad de la ley.

Señaló, además, que la sentencia del TC no cierra la posibilidad a la reelección, pero pareciera necio que la misma instancia vuelva a acudir al mismo tribunal que dictó un precedente, ya que este no está obligado a revisar sus propias acciones.

Sin embargo, entiende que este tema jurídicamente está agotado, pero que ahora pasaría a la Asamblea Revisora  para que se reúna y decida si tiene mayoría para modificar o no la Constitución mediante los procedimientos que lo establecen.

La vigésima disposición transitorio de la Carta Magna, del 13 de junio de 2015, dice: “En caso de que el Presidente de la República correspondiente al periodo constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.

Para promover la nulidad del transitorio, el abogado Sánchez Lebrón, había invocado el pasado 26 de abril la violación los artículos 39, 110 y 124 de la Carta Magna de la República Dominicana, así como los artículos 23 y 24 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, sobre el derecho de elegir y ser elegido así como de los  principios que establecen que se legisla para lo general, no para lo particular y de la no retroactividad de las leyes.

Jurista José Sánchez Lebrón y Daniel Candelario, durante visita al director de El Nuevo Diario Persio Maldonado y la periodista Massiel De Jesús.

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