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25 de abril 2024
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OpiniónFrancisco LucianoFrancisco Luciano

¿Fideicomiso público o la nueva manera de cogerse lo estatal?

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El Fideicomiso, definido como “un acto jurídico mediante el cual una o varias personas entregan bienes o derechos a una entidad fiduciaria para crear un patrimonio separado que será administrado por esa entidad para beneficiar a otra persona o a la persona que entrega dichos bienes” parece indicar que es una negociación o contrato de carácter privado que tiene el interés publico de mantener el bien y garantizar que la rentabilidad favorezca tanto al  dueño como al administrador designado.
La Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado  de Hipotecario y el Fideicomiso en República Dominicana establece al menos siete modalidades o tipos de fideicomiso todos orientados al manejo de recursos y bienes privados que son:
1-Fideicomiso de planificación sucesoral.
2-Fideicomisos culturales, filantrópicos y educativos.
3-Fideicomisos de inversión
4-Fideicomisos de inversión inmobiliaria y de desarrollo inmobiliario.
5-Fideicomiso de oferta pública y productos .
6-Fideicomisos en garantía
7- Otras clases de fideicomisos.
La Ley  no deja claro, su autorización para que empresas de carácter estatal como Punta Catalina o instituciones de orden público como la Policía Nacional puedan ser concedidas a la tutela privada mediante la figura del fideicomiso.
De ejecutarse como se ha presentado el fideicomiso que pone a la principal generadora eléctrica  estatal en manos de dueños de generadores privados, para que estos la gerencien por 30 años con poderes tan amplios como el nombrar ellos mismos a  sus suplentes y disponer de la capacidad para endeudarla o vender su capital accionario sin fijar límite al porcentaje a comprometer, es una renuncia tácita del bien por parte del Estado Dominicano.
Tomando en cuenta que tanto el presidente y la vicepresidenta como los más influyentes ministros del gabinete son empresarios o han sido designados como cuotas de sectores empresariales, estaríamos ante acciones que, si bien pudieran ser legales, algo que la Ley 189-11 no deja claro, sería a todas luces una inmoralidad porque, empresarios privados al frente del gobierno, estarían entregando bienes públicos a empresarios privados que se dedican al mismo negocio para que los administren a  discreción.
De esa manera sí a los dueños de las generadoras privadas se les entregan las generadoras públicas, a los señores dueños de las compañías de guardianes se les hace un fideicomiso para que  administren la Policía Nacional, a los vendedores de agua privada se les hace uno para entregarles la CAASD y demás gestoras públicas del servicio de agua potable , a los señores de EDUCA y de la Asociación de Colegios Privados se les fideicomisan  las escuelas  públicas y a las familias que venden servicios de educación superior a nivel privado les entregan la Universidad Autónoma de Santo Domingo, el ITLA y el Tecnológico de San Luis, tendríamos que cuando el actual grupo de empresarios antipolíticos  que nos gobierna salga del poder seguirán  administrando los bienes del Estado hasta que mueran y como podrán nombrar a sus  suplentes,  sus hijos o yernos heredarían la administración de la cosa pública bajo la figura mágica del fideicomiso.
Un gobierno que se jacta de transparente debiera empeñarse en explicar y probar que, lo que pretende no es contrario al bien común. Es más, si es tan beneficioso para el país como se afirma, no debieran ser confidenciales los términos y tratos de este. Garantizar que todos los cerebros puedan leer y entender las bondades del fideicomiso de Punta Catalina y cualquier otro que se pretenda encauzar, es lo que aconseja la prudencia.
Por Francisco Luciano
El autor es dirigente político.

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