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20 de abril 2024
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OpiniónJose GuerreroJose Guerrero

Es justo que se haga así, la renovación del marbete va primero

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Como les había explicado en mis artículos anteriores frente a la difícil y complicada situación por la que estamos atravesando en los actuales momentos los ciudadanos de menores ingresos, resulta de suma urgencia renovar el marbete sin tomar en cuenta las multas de tránsito, lo que en última instancia tuvo que ser aceptado por las autoridades.

Usted se imagina en pleno siglo 21 que el sistema de archivos de una institución del Estado a la hora de pagar las multas de tránsito presente una alteración tan escalofriante al extremo de que en algunos casos, cuando usted acude a pagar una multa pendiente aparece hasta 99 pendientes.

En este sentido para acelerar las recaudaciones que aparentemente estaban paralizadas en más de un 80 por ciento por esa situación, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anuncio en el día de ayer que a partir de hoy estará permitiendo la renovación del marbete 2019, correspondiente al impuesto a la Circulación Vehicular, sin  tomar en cuenta las multas de tránsito que tengan los contribuyentes.

La DGII ha precisado que la medida ha sido tomada de común acuerdo  con la Procuraduría General de la República (PGR) y la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), instituciones responsables de la administración de las multas.

Es una buena noticia, a pesar de que la nota señala que  “la decisión es adoptada temporalmente  hasta agotar un proceso de socialización hasta el 2020, (puede ser después del mes de agosto), a fin de facilitarles a los ciudadanos que puedan  renovar el marbete y disponer de un plazo mayor para regularizar su estatus en caso de tener multas por infracciones de tránsito.

Y oigan lo otro, “las entidades reconocieron que condicionar la renovación del marbete al saldo de multas acumuladas  provenientes de infracciones  de tránsito  es una medida  legal atinada y necesaria, pero, que su aplicación requiere de un proceso más amplio de difusión  previa  en beneficio de los ciudadanos para que sea fluido.

La información destaca que la Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial de la República Dominicana número 63-17, establece en su artículo 281 que “ningún conductor multado podrá renovar la licencia”.

Falta reformar la Ley que permite estos abusos y sacar de servicios a esos agentes de tránsito incapaces. También   anular de los archivos de esas fichas inconcebibles  pendientes, por casos simples  en donde un agente de la Digesett te pone una multa injustificada, la cual no tiene apelación por algo simple, como detenerte a cambiar un neumático urgentemente, transitar sin el cinturón en un vehículo de un modelo muy atrasado que no lo tiene, y ahora resulta que por esa arbitrariedad y estupidez de una autoridad insensible,  usted está impedido de sacar una acta de buena conducta, hacer un préstamo o realizar un viaje como si usted fuera un delincuente.

Sinceramente, tampoco tiene ninguna explicación el hecho de que estas cosas sucedan en medio de un proceso electoral tan difícil y complicado, para perjudicar única y exclusivamente al partido de Gobierno.

En la ocasión los sindicatos, los derechos humanos y otras instituciones brillaron por su ausencia, frente a la difícil y complicada situación por la que atravesábamos ciudadanos que incluso nunca hemos sido multados, frente a un sistema obsoleto y anticuado como el actual que archiva multas inexistentes.

Autor: José Guerrero

 

 

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