Santo Domingo 23 / 31 Soleado
ENVÍA TUS DENUNCIAS 829-917-7231 / 809-866-3480
19 de abril 2024
logo
OpiniónManuel VolquezManuel Volquez

El desorden organizado

COMPARTIR:

La nueva Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, aprobada por nuestros legisladores y promulgada por el Poder Ejecutivo, pretende a imponer el orden en ese sector que desde hace décadas ha sido anarquizado por conductores imprudentes, altaneros, irrespetuosos y soberbios, que circulan por las calles y autopistas del país.

Estos irresponsables ciudadanos han impuesto sus propias normas, pues conducen a alta velocidad, rebasan en forma temeraria, violan alegremente la luz roja, se estacionan sobre el cruce asignado a los peatones, se paran a conversar en forma paralela en plena calle, violando así los derechos de los demás conductores a transitar sin obstáculos, y se transforman en demonios, agresivos y violentos, cuando un agente del tránsito intenta imponerles una multa, llegando al extremo de insultar y agredir a trompadas a los uniformados.

Analizando esos comportamientos salvajes e irracionales, la lógica nos indica que estamos en presencia de un “desorden organizado” que induce a la anarquía. Esa es la razón de tantos accidentes que cada día provocan muertes y heridas. Es un fenómeno que trasciende a otros sectores de la sociedad que, lamentablemente, confunden la democracia con el desorden.

Las autoridades se han dado cuenta de esa situación y decidieron aplicar mecanismos drásticos para adecentar el sistema de tránsito terrestre. De ahí la motivación de los legisladores al aprobar la Ley 63-17, una normativa muy recia en su contenido, aunque no sé si será así al momento de aplicarla.

Por ejemplo, el artículo 227 de esa ley establece que “los conductores que circulen en zonas urbanas no harán uso de la bocina” en las zonas urbanas. “En tales áreas, su uso será únicamente permitido cuando dicha alerta sea indispensable para evitar un accidente”. En este nuevo marco jurídico, los toques de bocinas solo están permitidos en zonas rurales con poca visibilidad o cuando las características de las vías públicas y las circunstancias del tránsito lo ameriten para alertar sobre su presencia y garantizar la seguridad vial.

A quien se sorprenda violando esta disposición será sancionado con el pago de una multa equivalente a un salario mínimo del que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos en la licencia que determine el reglamento. Significa que los infractores pagarán sus imprudencias tomando en cuenta esos salarios, aunque la nueva ley no explica cómo deben saldar esas multas; me imagino que será por cuotas.

La Ley 63-17 es dura y puede frenar el desorden en el tránsito terrestre, sobre todo en los casos de conductores que circulan sin el cinturón, sin luces, embriagados, con vehículos sobrecargados, sin licencia ni seguros ni botiquines o triángulos o bloqueando las vías en casos de emergencia.

Se impone, y es lo razonable, desarrollar una intensa campaña mediática de orientación a nivel nacional previo a la puesta en vigencia de este código jurídico, asumiendo que todavía muchos dominicanos desconocen esta ley porque no leen periódicos ni ven o escuchan noticiarios; son ignorantes por naturaleza y, por tanto, se convierten en potenciales infractores de esa ley.

El problema está en saber si su resultado será efectivo, partiendo del hecho de que existen otras leyes por igual de drásticas que pierden su efecto y naturaleza cuando las autoridades encargadas de aplicarlas son bloqueadas e intimidadas a causa del tráfico de influencia, la intervención de políticos, funcionarios o militares de altos rangos, a quienes recurren los infractores.

 

Comenta

[wordads]