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23 de abril 2024
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OpiniónVíctor Manuel PeñaVíctor Manuel Peña

El Derecho y la política: El caso del expediente Odebrecht

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Aun cuando el Derecho tiene su autonomía y su independencia como ámbito especializado del conocimiento y del pensamiento científico, no hay dudas de que en las sociedades con escaso desarrollo institucional, en cuanto a la vigencia de la democracia y del Estado de derecho, el Derecho está sometido, con más razón, a la política, específicamente al poder del Estado.

Ciertamente es muy intrincada y compleja la relación entre Derecho y Estado y viceversa. A tal punto que en el desarrollo histórico de la ciencia jurídica o de las ideas jurídicas ha habido juristas como John Austin que han considerado la supremacía del Estado sobre el Derecho, otros han considerado lo contrario y finalmente Hans Kelsen ha planteado claramente, en sus libros Teoría Pura del Derecho y Teoría General del Derecho y del Estado, que hay una especie de identidad entre Derecho y Estado y viceversa, al puntualizar que cuando define al Derecho está definiendo al mismo tiempo al Estado, y cuando define al Estado está definiendo al Derecho también.

Aun cuando Kelsen señala que el Estado es “la personificación del orden jurídico nacional”, llegando a la conclusión, no obstante establecer una distinción entre la existencia real o sociológica del Estado y su existencia jurídica, de que el Estado es un ente plenamente jurídico.

Debemos señalar que ciertamente el Estado moderno nace atado a una juridicidad positiva determinada, pero cuando el Estado eclosiona por primera vez en la historia de la humanidad, aunque podría estar bajo el influjo del iusnaturalismo (derecho natural), su origen y aparición no está determinado por el Derecho, sino por las contradicciones sociales que se desarrollaron en la sociedad a partir del establecimiento de la propiedad privada.

Es decir, es un fenómeno histórico-sociológico el que explica el origen y aparición del Estado en la sociedad, en la primera sociedad de clases que conoció la humanidad que fue el esclavismo.

El mismo Derecho como disciplina científica no puede explicarse al margen del desarrollo de la sociedad.

Pero aún dentro del positivismo jurídico de Kelsen, el Estado juega un papel fundamental, clave e imprescindible en la producción formal de las normas jurídicas (el Parlamento y la jurisprudencia de los órganos jurisdiccionales).

Y en este apartado quiero hacer una digresión necesaria: si el Derecho y los hechos jurídicos son un fenómeno social, entonces la conceptualización del objeto de estudio del Derecho no debe limitarse a decir que éste solo estudia el conjunto de las normas jurídicas de una nación. Quiero acotar también que aun cuando hay una tendencia natural a delinquir en el ser humano, no está demostrado científicamente que el ser humano nazca corrupto o nazca delincuente.

Pero aun cuando el Estado sea un ente íntegramente jurídico, lo cierto es que el Derecho en sí no tiene los poderes que tiene el Estado.

Ciertamente esos poderes del Estado pueden ser racionalizados y limitados por el Derecho en una democracia (o en un Estado de derecho o en un Estado constitucional de derecho), cosa que no puede hacer, desde el punto de la facticidad social, en una autocracia.

La precedente peroración o prolegómeno ha de servirnos de contexto teórico e histórico para analizar el papel del poder o de la política en la instrumentación del expediente penal sobre el entramado de corrupción encabezado por la Odebrecht.

Esto significa que en el centro o epicentro de la acusación penal está Odebrecht, pero como la Procuraduría General de la República no estaba en capacidad de reunir o producir por si sola las pruebas para sostener la imputación decidió llegar, en base a un criterio de oportunidad, a un acuerdo con la empresa brasileña, eje vertical y transversal de los delitos y crímenes cometidos en territorio dominicano. Ya antes el juez de instrucción que conoció la primera propuesta de acuerdo la había rechazado porque legalmente no procedía que el mismo se hiciera en base a la figura jurídica de la conciliación.

Grave error el haber eximido a la Odebrecht de la persecución penal, porque los nombres y las supuestas pruebas que aportaría la Odebrecht, de conformidad con ese acuerdo de marras, los podía proporcionar la Fiscalía brasileña como al efecto ha ocurrido.  Y la Fiscalía de Brasil no iba a exigir para dar las informaciones que previamente se firmara un acuerdo entre la Procuraduría dominicana y la Odebrecht.

El segundo error fue haber preparado a la carrera y a la ligera, haber sancochado, el expediente acusatorio en el que fueron incluidos unos y otros fueron excluidos de manera deliberada. Pero, además, Punta Catalina, que es parte del expediente, ha sido misteriosamente excluida.

Por eso sostenemos que el expediente penal acusatorio ha sido manipulado y manejado políticamente. Y es que sobre ese expediente está montado el caballo de la reelección.

Y en República Dominicana es muy posible, real y dable manejar y manipular expedientes en la Justicia, mucho más en la parte administrativa del aparato judicial como es la Procuraduría General de la República, por las grandes pobrezas, miserias y debilidades que acusa el aparato institucional del Estado dominicano, que es el mismo tiempo el aparato institucional en que se asientan los órganos jurisdiccionales en nuestro país.

Con un aparato institucional con esas grandes falencias endémicas no es posible que tengamos un Estado de derecho o un Estado democrático y social de derecho fuerte, sólido y crecido institucionalmente hablando.

Baste solo señalar que la Procuraduría General de la República es un órgano que depende de la Presidencia de la República.

Y esa Procuraduría es tan irresponsable, díscola, incapaz y contradictoria que hoy ya tiene un criterio distinto al que tuvo cuando presentó el expediente Odebrecht a la opinión pública del país.

Lo cierto y real es que, independientemente del dualismo y la contradictoriedad con que se conduce el procurador general, tienen que ser acusados o imputados todos los que están en el expediente penal sobre Odebrecht, porque no debe haber ninguna discriminación, privilegio o desigualdad en el tratamiento de todos los que recibieron sobornos de la Odebrecht.

En ese contexto de objetividad y de relación muy compleja y contradictoria entre el Derecho y la política y viceversa y de las grandes pobrezas del expediente penal acusatorio presentado por la Procuraduría General de la República en cuanto a las supuestas pruebas para sostener la imputación, aparte de los criterios de protección de la sociedad y de los valores de la función pública, era que tenía que ubicarse el juez de instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia para no haber dictado prácticamente la misma medida de coerción a los imputados, con la sola excepción de los sometidos a prisión domiciliaria por razones de salud.

Al no tomar en cuenta el criterio de la subordinación del derecho a la política, dados los altísimos niveles de manipulación política del expediente acusatorio sobre el caso Odebrecht, el juez se ha expuesto a quedar atrapado, sin proponérselo y tal vez sin quererlo, a tomar medidas de coerción sesgadas por determinados niveles de injusticia, habida cuenta, además, de que la mayoría de las “pruebas” argüidas por la Procuraduría son insostenibles a la luz del derecho probatorio.

Un juez de instrucción, sea especial o no, no está para juzgar o radiar el fondo de la acusación, porque, además, el caso está en proceso de instrucción; pero al apelar a la más extrema o excepcional medida de coerción que es la prisión preventiva, y su duración, aplicada a la casi totalidad de los imputados, se ha inferido que el juez de instrucción especial, licenciado Francisco Ortega Polanco, radió el fondo de la acusación.

Creo que algunos de los imputados, por sus presupuestos probatorios y por sus arraigos podían afrontar la acusación en libertad. En el proceso penal a que dio lugar el colosal fraude bancario de 2003, los imputados pudieron encarar el proceso de instrucción en libertad.

La justicia condicionada y presionada por la política no es verdadera justicia.

Hans Kelsen aunque suscribe que no hay dualismo entre el Derecho y la justicia, considera a ésta como el “supremo desiderátum de la política”, habida cuenta de que la justicia es bien común, utilidad o beneficio social. Y plantea esto porque entiende que no hay un orden jurídico justo.

Aunque en realidad el Derecho no se constituye como disciplina a partir de una conceptualización de la justicia, y este valor se ubica más propiamente en los ámbitos de la política, de la filosofía y de la moral, lo cierto es que en el momento de aplicar las leyes y el derecho hay que tomar en cuenta un criterio razonable de justicia. Es esa la justicia que debe asumirse en el ámbito jurisdiccional.

Por último, en la sociedad dominicana se ha estado desarrollando un amplio movimiento social que pugna porque se castigue ejemplarmente el fenómeno de la corrupción pública. Al no haber castigo a la corrupción por parte de la justicia dominicana, entonces se cae en la impunidad como la otra arista o cara del grueso problema social ya aludido.

La corrupción y la impunidad que hemos tenido en la República Dominicana ataca y cuestiona sensiblemente a todo el sistema de partidos, huelga decir, ataca y cuestiona sensiblemente los fundamentos morales de los partidos y de sus liderazgos institucionales e individuales.

Pero el grave problema social de la corrupción y de la impunidad ataca y cuestiona también directa y sensiblemente al sistema de justicia de nuestro país.

Ese problema tan grande y tan grave de la corrupción y de la impunidad ha contado con el silencio y la indiferencia de muchos medios de comunicación.

Y aunque la justicia no debe hacerse a partir del clamor popular o del morbo de la gente, lo cierto es que hay que tomar muy en cuenta las ideas y los sentimientos del soberano, el pueblo.

Ese expediente penal sobre el caso Odebrecht está teniendo repercusiones y consecuencias terribles en la sociedad, en la judicatura, en el sistema de partidos, y muy especialmente en el PLD.

La verdad es que gobierno, partidos y justicia tienen que revisarse y reinventarse ya, porque es innegable e irrefutable que la corrupción y la impunidad bloquean el desarrollo y el progreso de la nación, de la sociedad y de la gente.

AUTOR: DR. VÍCTOR MANUEL PEÑA

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