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23 de abril 2024
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OpiniónManuel Berges HijoManuel Berges Hijo

¿Competencia en telecomunicaciones?

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¡Prohibido crecer!

¡Solo siendo dominicano, se siente lo que yo siento!

En los últimos años los servicios de telecomunicaciones han dado muestras de un impresionante crecimiento, sin embargo, todavía queda mucho por hacer para intensificar la competencia en la esfera de los servicios móviles y aumentar el grado de penetración en el mercado, especialmente en zonas rurales”, expresó recientemente el Presidente de INDOTEL.

En 2013, el Grupo Altice adquirió tanto a Orange Dominicana, S.A. como a Tricom, S.A., ambas prestadoras de servicios de telecomunicaciones en República Dominicana, con el objetivo de fusionarlas bajo la marca ALTICE, sin embargo, cuando esa fusión se materializa, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) objetó la solicitud de Altice Hispaniola, S.A. (Orange) y Tricom, S.A. de fusionarse en una sola entidad, y declaró que dicha operación de fusión generaría una concentración económica excesiva tanto de participación de mercado como de frecuencias en uso del espectro radioeléctrico.

Tratando de ser lo más imparcial posible, en una especie de “técnico seco”, como diría el Profesor y famoso abogado Dr. Ramon Pina Acevedo, pienso que esa denominada “excesiva concentración económica”  a que alude INDOTEL, carece de sentido e inaplicabilidad, pues CODETEL hasta el  año 1990, detentaba el monopolio, beneficioso para el pueblo, pues el sistema de comunicaciones internacionales subsidiaba  el servicio local, que hasta esa fecha costaba unos US$3.50 al mes.

Hoy, este mundo ha cambiado en el sentido de que la competencia en RD se abrió en el segmento productivo de las telecomunicaciones que está constituido por  las llamadas y mensajes internacionales, siendo CODETEL forzada por las autoridades a aumentar el precio del servicio local y competir en el servicio internacional y  en los servicios móviles o celulares.

Hoy CODETEL posee de los servicios móviles la mayoría del 55% del mercado, lo cual significa que frente a Altice (Orange-Tricom)  su más cercano competidor quien posee el 41.5% tiene una posición que en realidad aunque parece  dominante, no se trata de  una dominación lesiva,  ni a los intereses de Altice o cualquier otra prestadora ni a los intereses de los Usuarios, pues todos tenemos el derecho y la ilusión de  disfrutar de los mejores servicios móviles, con los equipos más modernos, aunque a precios no muy asequibles, pero los dominicanos somos vanidosos y los compramos a como dé lugar con tal de lucir,  aparte de bien montados, bien comunicados.

Hoy CODETEL es el líder y si mañana fuese otro ¿Cuál es la diferencia? Estamos en mundo de competencia y si la fusión Altice –Tricom beneficia al pueblo que tendría mejores servicios  y a mejores precios, pues bienvenida la misma.

INDOTEL debe mejor preocuparse de cada 5 años, cumplir el Articulo 27.4 de la Ley 153-98 de revisar las condiciones  de la prestación del servicio, previa consulta con las partes y observando el respeto a los derechos adquiridos, el equilibrio económico del contrato de concesión y las inversiones realizadas y no que en ocasión de un magno negocio, como el que nos ocupa  se oponga al mismo, bajo la concepción de que, “de aprobarse la fusión, ALTICE estaría en la capacidad de afectar sustancialmente el mercado dominicano de las telecomunicaciones, ya que la difícil replicabilidad de sus servicios generaría un desplazamiento de los competidores en el corto plazo, quienes no podrán contrarrestar el poder que generaría dicha concentración económica”.

Es posible que el propio INDOTEL en su deseo de negar la fusión, utilice las palabras “difícil replicabilidad”  que se refiere a la capacidad que tiene un experimento o prueba  de ser duplicado o reproducido por otros, lo cual en este caso no es  difícil,  pues se trata de una operación de negocios valida, pactada o comprometida desde el 30 de diciembre del 2016,  ni tampoco es un experimento, ni tiene que ser necesariamente replicado por otros.

ATT &T  el monopolio norteamericano fue desmoronando o desmembrado  cuando usaba su real poder de dominante, en todos los sentidos, y otras le sustituyeron, con el excelente beneficio popular de que todos los servicios bajaron de precio, se crearon nuevas empresas, se generaron  muchos empleos y los EUA constituyen un modelo a seguir como ejemplo competitivo.

Aquí, Altice no es un monopolio y puede que nunca lo sea, pues sus competidores sirviendo al Usuario,  siempre mejoraran los servicios. Tendrá la mayoría, el que mejor sirva, según los principios de la sana competitividad.

La Dirección Ejecutiva de INDOTEL, luego de evaluar los estudios presentados por la Gerencia de Regulación y Defensa de la Competencia, sin revisar las condiciones de prestación del servicio que ofrece Altice, sin  consultar con las partes ALTICE ni con CODETEL ni con VIVA ni con TRICOM, como ordena la Ley de Telecomunicaciones, entendió que la fusión de Orange y Tricom constituye “una concentración económica con la posibilidad de modificar la estructura y funcionamiento de los mercados del sector de las telecomunicaciones”; y entiende que dicha operación de fusión violaría los principios de libre competencia establecidos en la Constitución, la Ley General de Telecomunicaciones No.153-98 y el Reglamento de Libre y Leal Competencia para el Sector de las Telecomunicaciones.

Es obvio que no se violaría la Constitución vigente, pues el Articulo 50 Ordinal 1) señala que no se permitirán monopolios salvo en provecho del Estado, el cual favorece y vela por la competencia libre, leal  y evitara los efectos nocivos  del monopolio y del abuso de posición dominante.

El Estado al través de INDOTEL no puede, para impedir o condicionar una fusión por absorción,  ejercer su magno poder de  presunción de que Altice no actuara  como libre competidor, que no será leal, y que abusara de su nueva posición dominante, cuando lo correcto es que legalmente apruebe la fusión  y cumpla su deber de supervisor estatal de la empresa y tan pronto haga uso abusivo de su posición dominante, aplicarle la ley; tan pronto Altice maltrate a los usuarios de sus servicios, o no pagar sus impuestos, por ejemplo, aplicarle la ley.

Recientemente, Google en Europa fue sancionada con una millonaria multa por uso abusivo de su posición dominante. Nosotros tenemos un sistema judicial que bueno o malo, debe servir para sancionar las violaciones, lo que hay que hacer es,  ser institucional y no un perdona vidas.

El hecho de que con la fusión se acumulen las frecuencias de transmisión móvil y  la nueva Altice fusionada,  se convierta en la mayor proveedora, con un 53.7%; CODETEL  quedaría con el 35.2% y VIVA  con el 11.1%, lo cual es totalmente saludable y bueno para el Usuario, que tendría la oportunidad de evaluar el servicio de estas Prestadoras, no que con un prejuicio, se le juzgue diciéndole que el Estado le abriría  las puertas para que se convierta en un ente competitivo desleal y que desde ya, viene con el sello o designio de que  abusara de su posición de dominante, sin siquiera haberse “conversado”  sobre sus inversiones, sus derechos adquiridos y los precios que ofrece al público.

No se puede hablar de obesidad de las frecuencias, toda vez que cuando una prestadora planifica determinada expansión, debe solicitar al órgano regulador su intención y a la vez la  reserva de las frecuencias para poder ordenar y pagar los equipos de transmisión y/u operación, pues estos no están en el mercado como un botella de cerveza, hay que diseñarlos y construirlos para esos fines, o ya olvidamos un Radar que compro el Estado incompatible con los radares de los aviones militares y se perdieron millones de dólares.

Obsérvese el Artículo 31. Cálculo del valor del Derecho de Uso (DU), para que se comprenda la magnitud de cuando una empresa adquiere o logra que le asignen determinada frecuencia y que ahora sin razones jurídicas valederas, se le pretende despojar al pretender  arrebatarle a Altice  la cantidad de 30MHz, que posee Tricom como condición sine qua non, para aprobarse la fusión.

El valor del derecho de uso del espectro radioeléctrico se determinará básicamente, a partir de la siguiente fórmula: D = N x V; Donde: D: Valor del derecho a pagar en pesos dominicanos (RD$); N: Número de unidades de reserva radioeléctrica, que representa la porción de espectro radioeléctrico asignado al titular de la licencia. V: Valor de la Unidad de Reserva Radioeléctrica.

Yerra el órgano regulador cuando señala para impedir la fusión de Orange y Tricom constituye “la posibilidad de modificar la estructura y funcionamiento de los mercados del sector de las telecomunicaciones”; precisamente esa es la función del órgano regulador:  impedir la posibilidad de modificación de las estructuras y operatividad del mercado de las telecomunicaciones, no tronchar los negocios ni el crecimiento de las empresas, pues lo que dicho órgano está haciendo,  es obvio que protege a la hoy mayor prestadora para que esta continúe siendo la principal, que de paso no mortifica, ni es dañosa, ni es dominante, porque todas las demás prestadoras ejercen sus negocios y el público de RD  de 10.5 millones de habitantes, posee mínimo,   cada uno un Celular. ¿Dónde está el problema?

El órgano regulador más bien debiera, analizar y tomar la decisión de  eliminar el 30% de impuestos a las telecomunicaciones en favor del pueblo y para facilitar la Republica Digital requerir  un INTERNET  gratuito para los hogares, Universidades y escuelas   y reglamentarlo mucho más barato para los comercios o industrias, en lugar de preocuparse por dañar la imagen del país al no respetar los derechos adquiridos, el debido proceso y la libre empresa.

INDOTEL  tiene que favorecer en beneficio de los Usuarios el sistema de telecomunicaciones, logrando que la tenencia de insumos claves por parte de Altice, como es la asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico sobre segmentos específicos,  sea útil,  para que ese grupo económico utilice esas ventajas de costos de carácter absoluto y no sea una  barrera a los usuarios. De un limón agrio,  tiene que hacer una limonada, reclamando la bajada drástica de precios en virtud de esos costos bajos que dicen tener.

Por igual,  si el INDOTEL  entiende que esta fusión se trata de un duopolio, debe ejercer sus facultades de regulador facilitando y logrando que los costos de  interconexión y  el uso del espectro radioeléctrico, sean adecuados y que nunca lesionen a las otras empresa ni a los Usuarios y no haciendo un injusto razonamiento prejuiciado de que esas ventajas de costos, que estima de  carácter absoluto constituyen  una  barrera a los usuarios.

INDOTEL  ha tomado el camino fácil, no el del trabajo de supervisión permanente y de ofrecer las mejores soluciones.

Los que crean que no es así, vean esto: Según el Presidente de INDOTEL, cuando el señala: ”En los últimos años los servicios de telecomunicaciones han dado muestras de un impresionante crecimiento, sin embargo, todavía queda mucho por hacer para intensificar la competencia en la esfera de los servicios móviles y aumentar el grado de penetración en el mercado, especialmente en zonas rurales”,  en realidad se contradice pues con el   impedimento condicional de la fusión por  absorción de Altice con Tricom, está averiando el proceso de competencia para que otros actores vengan a RD a invertir en esta materia, pues si a los que están se les coartan sus derechos, retirándoles frecuencias, cuando hay actores que tienen  frecuencias que nunca han utilizado como lo son los casos de Telca y de Satel. Por lo tanto,  el Gobierno  no necesita  las frecuencias de Altice.

Por otro lado, RD se encuentra según el informe del Foro Económico Mundial 2017-2018,  en el lugar  104 entre 137 países analizados en materia de competencia y donde se señala que la valoración se basa en la capacidad de una empresa para hacer negocios en cada país, siendo el primer pilar de valoración: el  de las instituciones, con la percepción negativa sobre la   confianza pública  en los políticos, la corrupción, la poca independencia judicial, el favoritismo en las decisiones de las autoridades, la menor eficiencia del gobierno en el gasto, las altas tasas de impuestos, crímenes y robos, fuerza laboral inadecuadamente educada, altos costos laborales, el peso de las regulaciones y la transparencia de las políticas.

¿Quién duda que con estos temas, le hicieron una radiografía al gobierno dominicano para determinar  todo cuanto padece y para que ocupe tan triste posición de 104?

Según  los Artículos 5 y 14 del Reglamento de Libre y Leal Competencia para el Sector de las Telecomunicaciones, el INDOTEL puede objetar aquellas operaciones de concentración económica que tengan como efecto disminuir, restringir, dañar o impedir la libre competencia en el sector, incluidas las que impliquen operaciones de concentración económica; pero es su misión, sin entorpecer los negocios e inversiones realizadas por las empresas, diseñar la supervisión y las actividades de manera tal que esas empresas dominantes no generen el efecto de disminuir, restringir, dañar o impedir la libre competencia en el sector, y  la nueva Altice con tener acumuladas sus frecuencias y las de Tricom necesariamente no se generan esos efectos antes mencionados y si se generasen, el órgano regulador, sencillamente haciendo su trabajo, las corrige. ¿O no se quiere trabajar?

Las personas son libres de elegir la ropa que compran, pero en RD los importadores no gustan de la competencia y alientan a las autoridades a que prohíban las denominadas ropas de Paca.

Algo similar aquí ocurre. Alguien  alienta a las autoridades a que una Prestadora de Servicios de Telecomunicaciones no venda eficientemente sus servicios al retirarles un grupo de frecuencias, de manera que no pueda ni crecer, ni servir a más  Usuarios;  en fin anulándola  técnicamente. Eso no es competencia. Es abuso de poder. ¿O no?

Si se siguiera el razonamiento del Indotel en otras materias como la construcción de viviendas, el país se las vería mal pues  dicho sector no crecería; pensemos que la Oficina de Desarrollo Comercial de China, anunció que invertirán US$200 millones para construir en RD la cantidad de 10,000 viviendas, de manera que la eventual constructora China  desplazaría y lesionaría a las constructoras dominicanas de viviendas de bajo costo toda vez que la China constituiría:  “una concentración económica con la posibilidad de modificar la estructura y funcionamiento de los mercados del sector de las construcciones”; pues ninguna empresa de construcción local ha construido ella sola tal cantidad de viviendas de bajo costo y según el razonamiento de Indotel la constructora China violaría los principios de libre competencia establecidos en la Constitución y la Ley de Construcciones, en cuyo caso sería mejor que a los Chinos se les advierta no invertir, pues se les consideraría en “posición dominante” y les retirarían parte de los permisos de construcción para evitar  que crezcan y sean  dominantes.

Según Indotel, hay que ser “enanos” en las inversiones, prohibido  crecer y si por los movimientos del mercado que ellos no quieren controlar ni supervisar, la empresa crece, hay que ponerle un tapón para que se estanque.

Siguiendo el razonamiento del Indotel, a las operaciones de la  constructora China habría que aplicarle también la presunción de que no actuara  como libre competidor, que no será leal, y que abusara de su nueva posición dominante en RD.

Si a esto se le agrega que una constructora dominicana pretende o planea construir  5,000 viviendas con una invención de un block ecológico, también tendrá una posición de dominio a la que hay que achicar. Prohibido ser grande, hay que ser chiquito, aunque esa decisión sirva para protección de otros también grandes, y no beneficie al pobre adquiriente de la vivienda o del Usuario que aspira a tener telecomunicaciones de menor precio y mayor calidad.

El Articulo 50 Ordinal 1) de nuestra Constitución señala que no se permitirán monopolios salvo en provecho del Estado, el cual favorece y vela por la competencia libre, leal  y evitara los efectos nocivos  del monopolio y del abuso de posición dominante.

El Estado al través de INDOTEL no puede, para impedir o condicionar una fusión por absorción, deducir y/o prejuzgar que dicha operación de fusión generaría una concentración económica excesiva tanto de participación de mercado como de frecuencias en uso del espectro radioeléctrico y si esta fuese generada, el Indotel tiene  los mecanismos para solucionar ese problema, no impidiendo como hace ahora, el crecimiento de una  Prestadora.

El Indotel ha diseñado un ambicioso Plan Estratégico Institucional 2017 y el Plan Estratégico Sectorial 2017-2020, que les genera mucho trabajo, toda vez que  deberá dotar al órgano regulador de herramientas de planificación que le permitan cumplir con compromisos asumidos por la República Dominicana a nivel internacional, tal es el caso de la implementación de la citada Agenda 2020 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que han sido trazados por Naciones Unidas, con el objetivo de facilitar la ejecución del rol del INDOTEL en la transformación del modelo de desarrollo hacia uno que conlleve sostenibilidad, inclusión y visión a largo plazo, y en el cual se coloca a la igualdad y a la dignidad humana como centro de esa agenda transformadora.

Según ese Plan, INDOTEL, reorientara el manejo institucional que presupone fomentar el pensamiento estratégico, de manera que teniendo en cuenta las condiciones del entorno, las necesidades sectoriales, y habiéndose diagnosticado la situación actual, se pueda definir una misión, visión y valores institucionales, que regirán en lo adelante la planificación estratégica institucional y con base en la cual se desarrollarán planes operativos coherentes que permitan la ejecución coordinada de proyectos vinculados a estos objetivos, y sujetos a monitoreo y evaluación Coordinada de proyectos vinculados y sujetos a monitoreo y evaluación.

Creo que si nuestro órgano regulador se embarca en poner en ejecución esos Planes,  contribuirá a mejorar la imagen de RD, como país receptor de inversiones extranjeras, donde no se cambian arbitrariamente las reglas de juego y se vive en un estado de derecho,  y  así escalaríamos otros peldaños de eficiencia en la competitividad, que sobrepasen nuestro asombroso y absurdo  puesto  104,  de 137.

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