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23 de abril 2024
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Colegio de Notarios advierte miembros podrían ir a cárcel por violar Ley 155-17

Colegio de Notarios advierte miembros podrían ir a cárcel por violar Ley 155-17
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.-El Colegio Dominicano de Notarios advirtió a sus miembros que habrá cárceles por lavado y falsedad en declaración de bienes, con penas que van desde 6  meses a 10 años, así como sanciones monetarias y la suspensión de la notaría.

Pedro Rodríguez Montero, presidente de la entidad, pidió prestar atención a sus miembros cuando tengan que notarizar la declaración de patrimonios de funcionarios públicos, porque son violaciones agravantes firmar las que hacen constar bienes de procedencia dudosa, sospechosa o desconocida, poner y omitir pertenencias.

También solicitó a los notarios leer detenidamente la recién promulgada ley 155-17 contra lavado de activos y financiamiento al terrorismo, y participar en los cursos de urgencia sobre la materia que ha comenzado a dictar la institución.

Pedro Montero, habló en el marco de la celebración del Foro Internacional por la Transparencia Notarial y Jurídica celebrada este fin de semana, en donde dijo que el Colegio de Notarios esta en el deber de advertir a su miembros las graves consecuencias que conlleva quebrantar la nueva Ley de Lavado de Activos, a fin de evitar que muchos colegas sean encarcelados y procesados.

Al referirse a la citada ley, destacó que la 155-17 supera en responsabilidades penales y civiles a la Ley 140-15 sobre el Notariado, en vista de que la primera disposición se revela agravada para los notarios públicos.

La mayor cautela debe ser ante las declaraciones juradas de bienes de funcionarios públicos, las transferencias de bienes, licitaciones de concursos públicos y privados, la dación en pagos, los testamentos, los poderes especiales para ciertas autorizaciones, los actos de ventas, contratos de hipotecas y la cesión de créditos.

El presidente del Colegio de Notarios citó el numeral 11 del artículo 4 sobre infracciones penales asociados al lavado reactivos, señala que los notarios públicos, registradores, incluyendo los registradores mercantiles, que sin constancia fehaciente cualquiera de las operaciones en efectivo prohibidos en esta ley, serán sancionados con una pena de seis meses a un año de prisión menor.  En este caso, los notarios públicos se le revocara su investidura como oficial público”.

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