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24 de abril 2024
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OpiniónGregory Castellanos RuanoGregory Castellanos Ruano

El brazo largo de la delincuencia

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«Venid hijos, que os enseñaré el temor a Dios.« (Salmos 34:11)

El crecimiento desmesurado del brazo de la delincuencia le permite a esta, cual Randolph William Dibny (El Hombre Elástico), extenderse para penetrar por los más recónditos e insospechados poros de la sociedad para, con su mano dura, brutal y perversa, tocar y perturbar hasta el hogar y a los familiares de representantes del Estado, de personas revestidas de autoridad y, en muchos casos, hasta a éstos mismos. La última expresión de esto fue la reciente introducción de asaltantes a manos armadas a la casa de un General de la Policía Nacional que desembocó en el amarre y en el amordazamiento de cada una de las personas que allí se encontraban, y, obviamente, en el robo de dineros y cosas de valor que allí habían.

Nadie está seguro en este país, nadie tiene ni su patrimonio seguro ni su hogar seguro ni la cabeza segura sobre sus hombros.  Ningún hogar en la República Dominicana está seguro, aunque sus habitantes crean tenerlo seguro y, por ende, crean estar éllos seguros.

Servio Tulio Castaños Guzmán, de la mal llamada «Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS)«, que realmente no es partidaria ni de la Institucionalidad ni de la Justicia, ante ese caso concreto que referimos exteriorizó una escena de consternación y de horror: parece que no soporta el peso de la culpa que él carga sobre sus hombros por haber sido uno de los propagandistas detractores del Código de Procedimiento Criminal ignorante de lo que estaba propagando para preparar el advenimiento del Código Procesal Penal (CPP). El es de los co-responsables del estado de inseguridad ciudadana que agobia a la sociedad dominicana, de los robos, de la carnicería y de la masacre a que ha sido sometida nuestra sociedad. Esto no es cuestión de que simplemente la Policía Nacional patrulle o no patrulle: esto es cuestión de que la normativa del Código Procesal Penal (CPP) es infuncional para poder combatir a la delincuencia.

¿Qué es lo que ha llevado a estas situaciones extremas que son la expresión de la conversión de la sociedad dominicana en un seno invivible?

Los efectos incentivadores de la delincuencia que produce la normativa procesal penal cepepeísta se producen en todas las direcciones, es decir, contra todos en el territorio nacional dominicano; esto es, contra personas físicas que no son autoridades, contra personas físicas que son autoridades, contra personas jurídicas no estatales y contra personas jurídicas estatales e instituciones estatales. De ahí que no es de extrañar que esos casos en que son víctimas autoridades del Estado y/o sus relacionados se produzcan y que se sigan produciendo como, en efecto, se seguirán produciendo, pues la delincuencia no distingue: cualquiera puede ser víctima.

Antes se hablaba a nivel del lenguaje popular de «el brazo largo de la Justicia«, pero desde la muerte del veintiséis (26) de Septiembre del dos mil cuatro (2004) ya no ha lugar a hablar de «el brazo largo de la Justicia«.

El cuasi-abolicionista Código Procesal Penal (CPP), que comenzó a ser usado desde la muerte de ese día, ha tenido (no podía ser de otra forma) «la virtud« (¿?)  de, por un lado, disminuir, acortar, el brazo largo de la Justicia; y, por el otro lado, de hacer crecer, de alargar, el brazo de la delincuencia.

Que el brazo largo de la delincuencia toque a autoridades del Estado no debe de causarle extrañeza a nadie, pues al debilitar el Código Procesal Penal (CPP) al Derecho Penal Material o Sustantivo y al Estado, por ser un código de raíz abolicionista penal, es lógico que al desvencijar al Estado desvencije igualmente la seguridad de los representantes del Estado; es decir, no debe causarle extrañeza a nadie que el brazo largo de la delincuencia desafíe a las autoridades del Estado y les doble el pulso a dichas autoridades del Estado hasta engulléndose a estas, pues ello es lógico: la Doctrina cepepeísta cree que el Estado y el Derecho Penal Material o Derecho Penal Sustantivo son perniciosos y que, por ello, no deben siquiera existir; de ahí que, dentro de esa Lógica cepepeísta, sería ilógico, absurdo, contradictorio, que se trate de reforzar al Estado y a la aplicación del Derecho Penal Material o Sustantivo aunque se ataque frontalmente al Estado y a bienes jurídicos penales de alta envergadura puesto en jaque por ese ataque frontal.

El vaciamiento del Estado, vía `el desguace y el vaciamiento del Derecho Penal Material o Derecho Penal Sustantivo` a que conduce la materialización de los preceptos de la Doctrina cuasi-abolicionista cepepeísta,  ha permitido llegar a todo esto.  El Derecho Penal Material o Sustantivo ha quedado como una especie de escombrera exhibida como presa por el cuasi-abolicionista Derecho Procesal Penal cepepeísta.

El Derecho Penal Material o Sustantivo, que antes era un sistema normativo y conceptual que enviaba poderosos mensajes disuasorios firmes al delincuente y al resto de la sociedad, no es ni sombra de lo que fue, es hoy apenas un lisiado, un tullido enjaulado por las garras del Derecho Procesal Penal cepepeísta.  El Derecho Penal Material o Sustantivo, que antes cercenaba el brazo de la delincuencia para que esta no creciera, hoy observa como el brazo cercenado lo es el suyo (= el del propio Derecho Penal Material o Sustantivo).  Y que con el cercenamiento de su brazo se cercena el brazo de la Justicia.

El cercenamiento del brazo de la Justicia paralelamente se expresa en el crecimiento del brazo de la delincuencia, en el brazo largo de la delincuencia que toca a las víctimas inocentes e indefensas lo mismo que también a autoridades del Estado y a sus relacionados; ese brazo largo de la delincuencia estraga y descalabra a particulares, a la sociedad y al Estado. El brazo de la delincuencia creció después que empezó a aplicarse el Código Procesal Penal (CPP) y en la medida en que más tiempo siga este vigente más seguirá creciendo dicho brazo de la delincuencia, haciéndose este tan, pero tan fuerte, tan poderoso, pero tan poderoso, que (tiene y) mantendrá a la sociedad dominicana sumergida en el océano de sangre en que la ahoga.

Ese brazo largo de la delincuencia ha conducido a ese océano de sangre y se sumerge en él y de este brota chorreando sangre para provocar más destrucción, más ruina, más dolor y más derramamiento de sangre a borbotones.  La Doctrina cuasi-abolicionista del cepepeísmo es un camino extraviado por el que se ha puesto a transitar a la sociedad dominicana llevando a esta a su ruina y a su caída.  Los abogados que, por snobismo y protagonismo baratos, querían cepepeísmo no sabían que ello implicaba querer Abolicionismo Penal y eso mucho menos podían saberlo los miembros de la sociedad que no son abogados y que fueron engañados por esa propaganda aviesamente detractora del Código de Procedimiento Criminal (sin siquiera sus detractores conocer bien a este), y erradamente apologista del Código Procesal Penal (CPP). Cuando algunos abogados cómplices de ese ataque destructor del Estado, del Derecho Penal Material o Sustantivo y de la sociedad se dieron cuenta de que eso tiene su raíz en el Abolicionismo Penal ya habían invertido mucha saliva y si se devolvían ello implicaba desnudarse como ignorantes y como charlatanes.   Por Lic. Gregory Castellanos Ruano

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