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19 de abril 2024
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OpiniónJose GuerreroJose Guerrero

AL Presidente Danilo Medina, al CDP y al SNTP

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Con la ayuda de Dios, del honorable presidente Danilo Medina, del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (STNP), este año abrigamos la esperanza de que los periodistas que nos encontramos enfermos, con edad avanzada y en precarias condiciones económicas podamos disfrutar de una justa pensión del Estado.

Recordamos que el presidente del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), Olivo de León, ha venido reclamando la pensión de los periodistas que nos encontramos en situaciones de gran necesidad, citando situaciones “críticas” en el sector de la comunicación y que de los 28 que fallecieron el año pasado, 18 dejaron este mundo a la espera de la pensión”

Uno no se explica, como un presidente como Danilo Medina, que pone sus oídos en el corazón del pueblo, que lucha en las visitas sorpresas para ayudar a las clases más vulnerables del país, se olvide de los comunicadores que fueron sus principales colaboradores en las pasadas contiendas electorales.

El presidente Danilo Medina ha sido muy activo en facilitarle pensiones en abundancia a otros sectores, como es el hecho de los profesores, los médicos y hasta a los cañeros, sin embargo, a nosotros los periodistas nos vienen sacando el cuerpo inexplicablemente.

Periodistas, como es mi caso, con más de 51 años de ejercicio profesional laborando en los principales medios de comunicación, y en las oficinas públicas; que padecemos de ochocientas enfermedades y con 71 años de edad vivimos en la pobreza extrema, necesitamos esa pensión Señor Presidente, por favor.

A los periodistas que se iniciaron ahora en la carrera, que luchen también, que se vean en el espejo de nosotros, que es duro verse discapacitado y enfermo por el correr de los años, sin un sistema que proteja a uno mínimamente en las adversidades.

Señor Presidente, en nuestra juventud lo consideramos un amigo sincero y el presidente idóneo para dirigir los destinos de esta convulsionada media

Isla, al extremo que lo apoyamos desde 1999 con la creación de un movimiento, y nunca sus funcionarios José Ramón Peralta, Montalvo, Roberto Rodríguez Marchena, Miguel Mercedes y Máximo de Soto, nos han negado su recomendación. Esperamos que sea por falta de recursos y no por falta de voluntad, que nuestra pensión en realidad no se haya convertido en un hecho.

Haga cumplir la Ley del 11 de julio de 1947, y el artículo 1 de la Ley 5807 promulgadas el 30 de enero de 1962 –sobre el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), y el Colegio Dominicano de Periodistas.

La Sentencia TC/0075/16 relativa a la acción directa; el artículo 4 de la Ley 1091, promulgada el 7 de mayo del año 1991, la cual dispone, citamos, ver: Para los fines de esta ley y otras leyes, se considera periodista profesional al graduado de las escuelas de periodismo y/o comunicación social de nivel universitario, y al que tiene por ocupación principal, regular y retribuida buscar, obtener y emitir informaciones u opiniones de publicaciones periodísticas, en medios audiovisuales, en agencia de noticias, en oficinas y agencias destinadas a la distribución de informaciones y obtiene de esa ocupación los principales recursos para su subsistencia.

 

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