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19 de abril 2024
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OpiniónJuan Tomás TaverasJuan Tomás Taveras

177 aniversario de la Constitución dominicana

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Un día como hoy, 6 de noviembre de 1844, fue proclamada hace 176 años la primera Constitución de la República Dominicana, en San Cristóbal. Se ha modificado 39 veces, en la mayoría de ellas se ha hecho por intereses particulares o de grupos de orcopolitas y la última modificación fue el 13 de julio del 2015 en igual condiciones. Esperamos que esta modificación que propone nuestro presidente constitucional Luis Abinader y que será la número 40, traiga nuevas mejoras para el fortalecimiento de nuestra democracia. La Carta Magna y ley suprema a todas las demás leyes está estructurada en 15 títulos, precedidos de un preámbulo. Sus subdivisiones son los capítulos, secciones hasta el detalle de los 277 artículos y 20 disposiciones. Cada artículo tiene su propia denominación.

Todo proyecto de gobierno para un período de cuatros años debe estar sustentado mínimamente en el compromiso de la transparencia y la rendición de cuentas; de igual manera el conocimiento, cumplimiento, aplicación y defensa irrestricta de la Constitución y las leyes que deben sustentar el orden social, el estado de derecho y las libertades democráticas plenas; incluyendo la recreación y el esparcimiento con zonas de tolerancia para todos los grupos en conflictos (deportes extremos de todo tipo, adicciones hedonistas, música al aire libre, etcétera). Trabajaremos enérgicamente para reemplazar nuestra cultura anómica y de desorden generalizado.

El pueblo consciente de manera firme y con compromiso de patria debe unirse para impedir que ese principal plan y guía de desarrollo que es la Constitución sea constantemente deshonrado y agraviado por intereses egoístas que dañan a las mayorías, robándoles sueños y oportunidades de medrar o prosperar en igualdad de condiciones a cada habitante del Estado Dominicano.

Si admitimos que la Constitución es: “Un Pacto social o de gobernanza entre todos los sectores de una nación, cuyo objetivo es garantizar a sus nacionales (derechos, definir libertades, establecer la forma de gobierno aprobada por los constituyentes e instituir los poderes del Estado (incluyendo la constituyente y el referendo revocatorio, como regulaciones y limitaciones en el ejercicio del poder), definir los derechos, deberes y obligaciones a las que están sujetos las personas y órganos del Estado, que ejercen potestades públicas. Siendo el fundamento jurídico del Estado, para crear, preservar y desarrollar armónicamente los recursos públicos y las actividades económicas, sociales, políticas, culturales y recreativas de todos los ciudadanos dominicanos y extranjeros.”

Urge que cada dominicano despierte el carácter para respetar y hacer respetar la Constitución, las leyes, las libertades, los derechos, la fauna y flora sin exclusión ni excepción.

En los últimos años nuestra solemnidad como Estado está siendo atacada por traidores y mancilladores de nuestros símbolos patrios que muestra claramente una complicidad u autoría directa de parte de las autoridades gubernamentales que podríamos afirmar es una consecuencia del peledeísmo siniestro que apostó al deterioro institucional como encubrimiento de su hipercorrupción con impunidad siendo protagonista en la materia en toda nuestra historia republicana y de América.

Según la clásica definición de Jean Bodin, «soberanía es el poder absoluto y perpetuo de una República». Obviando las diferentes crítica científicas y la historiografía jurídico-política que coincidimos aborda una indiscutible complejidad en las doctrinas modernas del concepto. Pero ese poder del pueblo como lo faculta nuestra Constitución: Artículo 3:»La soberanía reside exclusivamente en el pueblo» o sea que el pueblo es el único soberano es tomado como letra muerta por aquellos que deben representar ese poder popular.

De igual manera hago un llamado de atención por las irregularidades con nuestra bandera, escudo y demás símbolos patrios relatados en el capitulo VII de nuestra Constitución, en los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35 y 36 referentes a la bandera, el escudo, el himno y nuestro lema como Estado Dominicano, así como sus reglamentos que establecen y definen los símbolos patrios como identidad nacional sin embargo permiten y promueven el uso incorrectos de los mismos agravando el debilitamiento de nuestra dominicanidad y sus instituciones con todas nuestras raíces culturales y valores patrióticos.

Cabe decir que el escudo de armas que es parte de nuestra bandera es el principal símbolo de soberanía que muestra el poder de independencia y de defensa de nuestro Estado Dominicano y cuando excluimos nuestro escudo estamos entregando nuestra soberanía.

Nuestra patria y sus símbolos no son un capricho o una ideología hueca, están definidos y establecidos por Constitución. Muchos intelectuales incluidos abogados de prestigio me han hecho sentir vergüenza de su intelecto aventajado cuando afirman que no tenemos patria o que nuestra patria es vacía e inexistente, pues al parecer para ellos nuestra Carta Magna también es un simple pedazo de papel.

Pueblo dominicano uníos, nuestra patria está mancillada y agonizando, no nos queda mucho tiempo para rescatarla, solo el pueblo libera al pueblo, no hay fuerza más poderosa que un pueblo unido por una causa común, súmate al recate de la patria.

Esperamos y tenemos fe en que nuestro gobierno del Cambio proteja y defienda la honorabilidad de la Constitución y los símbolos patrios.

Dios les bendiga siempre, pueblo dominicano. Todo por la patria.

Por Juan Tomás Taveras

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